A inicios de noviembre pasado el gobierno amplió una serie de gastos adicionales a los permitidos en el cálculo del pago de Impuesto a la Renta (IR) de los trabajadores, correspondiente al año 2019, que se tributará el 2020. Obviamente, deberán estar sustentados a través de recibos electrónicos.
La norma es aplicable a las rentas de cuarta y quinta categorías (trabajadores independientes y trabajadores en planilla). A la fecha, puedes descontar automáticamente 7 UIT del IR (29,400 soles) y desde el 2017 puedes deducir hasta 3 UIT (12,600 soles).
Si el cliente es extranjero, se deberá consignar su número de RUC. Estas deducciones se harán efectivas en el pago del IR del 2019 que se hace el próximo año.
No obstante, desde este año también podrás descontar del pago del IR el 15% de tus gastos realizados en bares, cantinas, hoteles, hostales y restaurantes (incluido delivery). Ojo: no será necesario que los pagos sean bancarizados.
Desde el 2019, estos negocios deberán emitir comprobante electrónico, de esta manera la Sunat podrá registrar en tiempo real ese mismo recibo y automáticamente ser considerado ese gasto.
EY Perú ha preparado una infografía con los pasos detallados de qué es lo que debes hacer: