Mincetur otorgará sello “Destino Bioseguro” a sitios turísticos que cumplan protocolos

Conoce los “Lineamientos Sanitarios ante el Covid-19 para Destinos Turísticos”.


Como parte del proceso de reactivación del sector turismo, el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (Mincetur) publicó ayer los “Lineamientos Sanitarios ante el Covid-19 para los Destinos Turísticos”, que permitirán organizar y gestionar la reanudación de actividades en los diversos sitios turísticos del Perú, en concordancia con las disposiciones emitidas por el Ministerio de Salud (Minsa) y los protocolos aprobados para cada subsector (hoteles, agencias de viajes, transporte, etc.).

El documento también establece que el Mincetur otorgará un reconocimiento a los destinos turísticos que cumplan con implementar adecuadamente las medidas sanitarias dispuestas en dicho protocolo. Se trata del sello “Destino Bioseguro” que podrá ser utilizado para acciones de promoción.

Al respecto, el Mincetur sostuvo que viene trabajando en un sello turístico, que busca certificar al Perú como una zona segura, garantizando el cumplimiento de los protocolos y las medidas de bioseguridad. “De esta manera, el sector continúa preparándose para la reanudación total de las actividades relacionadas al turismo”, refirió.

DESTINO BIOSEGURO

Según indica el protocolo aprobado ayer, de acuerdo con el nivel de cumplimiento de la Lista de Verificación de Lineamientos Sanitarios para los Destinos Turísticos, el Mincetur otorgará –en el marco del Plan Nacional de Calidad Turística– un reconocimiento al destino, por su implementación.

“La implementación de los lineamientos generales y específicos del protocolo es parte de los requisitos mínimos para la obtención del reconocimiento como ‘Destino Bioseguro’ que otorga el Mincetur”, precisa el documento.

Agrega que este sello “podrá ser utilizado en la promoción del destino, siguiendo las pautas establecidas por el Mincetur para su correcto uso; las condiciones y el proceso para el otorgamiento del reconocimiento serán determinadas por el Mincetur, en el marco de sus competencias”.



LINEAMIENTOS SANITARIOS

A través de la Resolución Ministerial N° 195-2020-MINCETUR, publicada ayer en el Diario Oficial El Peruano, el Mincetur aprobó los “Lineamientos Sanitarios ante el Covid-19 para los Destinos Turísticos” (R.M. N° 195-2020-MINCETUR), en el marco del proceso de reactivación económica impulsado por el Gobierno para superar los efectos de la pandemia del coronavirus.

“Con esta norma damos los lineamientos generales para vigilar, prevenir y controlar el Covid-19, en el proceso de reanudación de actividades en los destinos turísticos. Por ello, el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo desplegará acciones para que estos lineamientos sean aplicados por los actores públicos y privados. La reanudación total del turismo solo será posible con el apoyo de todos”, explicó el Mincetur.

Destacó que en el Perú existen más de 100 destinos turísticos. Entre ellos podemos mencionar el destino Playas del Norte, la Ruta Moche, Río Amazonas, entre otros.

A continuación, las principales medidas dispuestas para los destinos turísticos:

1- OBJETIVO:

La crisis generada por la pandemia del Covid-19 obliga a que el sector turismo en el país, tome medidas rápidas y estratégicas para reiniciar los viajes apenas se levanten las restricciones impuestas por el Gobierno.

Por ello, resulta necesario establecer lineamientos y protocolos claros y efectivos para el contexto turístico nacional, integrado por diversos actores públicos y privados en los diferentes destinos turísticos del país.


2- COORDINACIÓN MULTISECTORIAL:

Para el cumplimiento de las medidas dispuestas por el Mincetur, el documento promueve la interacción de los diversos actores vinculados a la actividad turística, organizados a través de un Ente Gestor de Destino (EGD) u otras modalidades de coordinación público-privada (organizaciones, comités, mesas técnicas o grupos de trabajo).

De no existir un EGD o el que haga sus veces en el destino, se recomienda conformar un Equipo Técnico (ET) de naturaleza público-privada que asumirá las funciones de coordinación y seguimiento a la implementación de los lineamientos sanitarios.

Todos ellos deberán:

  • Desarrollar con los actores regionales y locales una Hoja de Ruta que vigile el cumplimiento de las condiciones básicas para el reinicio de las actividades en el destino turísticos, el cual debe considerar las medidas necesarias para reducir el riesgo de contagios de Covid-19 en su territorio.
  • La Hoja de Ruta debe considerar los siguientes aspectos: hacer cumplir las medidas sanitarias en las provincias, distritos, comunidades, sectores, circuitos, corredores y/o sitios turísticos que conforman el destino; realizar un listado de los centros de soporte en cada destino; establecer mecanismos de control y monitoreo de la Hoja de Ruta, generando reportes periódicos para tomar decisiones de mejora con las autoridades y actores locales competentes.
  • Considerar las disposiciones del Gobierno Central (Mincetur y Minsa) para el reinicio de actividades turísticas y determinar acciones de respuesta ante casos detectados de Covid-19.

3- AUTORIDADES REGIONALES Y/O LOCALES:

Las autoridades regionales y/o locales, en coordinación con los EGD o ET, tendrán a su cargo las siguientes medidas:

  • Identificar centros de soporte, corredores, circuitos y/o sitios que cumplan con las condiciones para el reinicio de actividades turísticas y la implementación del protocolo sanitario.
  • Identificación de productos turísticos accesibles e innovadores que diversifiquen la oferta turística del destino, permitiendo contar con opciones menos masificadas y diferenciadas para segmentos del mercado local.
  • Identificar a los prestadores de servicios turísticos que integran el destino y que cuentan con las autorizaciones correspondientes para reiniciar operaciones, según los protocolos aprobados de cada subsector.
  • Asegurar la implementación de puntos de información, señalética, puntos de toma temperatura, limpieza y desinfección.
  • Implementar medidas de limpieza y desinfección de espacios públicos: plazas, parques, calles, mercados, servicios higiénicos públicos, estacionamientos, etc.
  • Incorporar e informar a todos los prestadores de servicios turísticos.
  • Establecer en los principales puntos de acceso al destino y en los principales espacios públicos, puntos de atención para la toma de temperatura, reporte de síntomas y puntos de desinfección para los visitantes.
  • Establecer el monitoreo y seguimiento de la implementación de lineamientos sanitarios y apoyar a los órganos competentes en la supervisión y fiscalización periódica del plan de vigilancia sanitaria y las medidas sectoriales.

4- PRESTADORES DE SERVICIOS TURÍSTICOS:

Los prestadores de servicios turísticos deberán cumplir los siguientes lineamientos antes, durante y después de las visitas:

  • Cumplir con el Plan para la Vigilancia, Prevención y Control de Covid-19 y los protocolos sanitarios aprobados para cada subsector.
  • Informar y difundir a los visitantes sobre la lista de sitios y/o atractivos, corredores o circuitos que cumplen con los respectivos protocolos sanitarios establecidos para la visita turística.
  • Promover el uso de medios de pago virtual durante la prestación de los servicios turísticos.
  • Informar y promover entre los visitantes sobre el cumplimiento de las medidas de distanciamiento físico, limpieza y desinfección de manos, uso correcto de mascarillas u otros EPP adecuados.
  • Identificar las incidencias que pueden aumentar el riesgo de contagio del Covid-19 en el destino.
  • Participar activamente en las reuniones de coordinación con las autoridades locales y/o regionales para analizar los resultados obtenidos de la implementación de protocolos y/o lineamientos en el destino.
  • Reportar a las autoridades sectoriales competentes sobre los principales requerimientos y/o avances que permitan el mejor desarrollo de la actividad turística en el destino.

5- VISITANTES:

Los operadores turísticos deberán velar porque los visitantes conozcan y sigan las siguientes disposiciones:

  • Cumplir con las medidas sanitarias establecidas por el destino. Asimismo, el visitante debe desplazarse por los sitios, corredores o circuitos turísticos incluidos para el reinicio de actividades.
  • Priorizar el uso de medios de pago virtual durante su visita al destino.
  • Cumplir con el instructivo y frecuencia del lavado y/o desinfección de manos durante toda la visita turística.
  • Utilizar los EPP adecuados durante su recorrido por el destino: mascarillas y/o protectores faciales; evitar aglomeraciones, respetando la capacidad de aforo y orden de ingreso.
  • Permitir la toma de temperatura al ingreso del destino o cuando se requiera, con un termómetro clínico infrarrojo (no mayor a 38°C).
  • Informar sobre posibles síntomas de Covid-19 en caso se presenten durante la visita al destino turístico.

*Para más información, descarga los “Lineamientos Sanitarios ante el Covid-19 para Destinos Turísticos” en el siguiente link:

PROTOCOLO DESTINOS TURÍSTICOS


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