Casinos y Tragamonedas reabrirían sus puertas desde el 15 de octubre con aforo al 50%

Conoce el “Protocolo Sanitario ante el Covid-19 para las Salas de Juego”.


Tal como adelantó Turiweb a fines de agosto, los casinos y tragamonedas reabrirán sus puertas al público con un aforo máximo del 50%, bajo estrictas medidas de salubridad y una serie de restricciones que priorizarán el distanciamiento social entre el público y los trabajadores. Así lo confirmó ayer el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (Mincetur) al publicar el “Protocolo Sanitario Sectorial ante el Covid-19 para las Salas de Juego”.

¿Pero, desde cuándo operarán estas empresas? Fuentes de la Sociedad Nacional de Juegos de Azar (Sonaja) revelaron a nuestro medio que el reinicio de actividades está previsto para el jueves 15 de octubre, en el marco de la Fase 4 de la reactivación económica del país. Precisaron que esta fecha que será anunciada oficialmente por el Mincetur en los próximos días.

Recientemente, Fernando Calderón, presidente de Sonaja, estimó en S/ 150 millones las pérdidas para el Estado por concepto de recaudación del impuesto a los juegos de azar, desde que se decretó la emergencia sanitaria a mediados de marzo.

Recordó que su sector contribuye anualmente con S/ 400 millones a la economía nacional, de los cuales S/ 310 millones se destinan a las municipalidades, al Instituto Peruano del Deporte (IPD) y al Mincetur), mientras que los S/ 90 millones restantes recaen como Impuesto Selectivo al Consumo (ISC).

Según el Mincetur, a nivel nacional se encuentran autorizadas 750 salas de juego: en Lima son 415 salas (55%) y en provincias 335 (45%). Los casinos y tragamonedas dan trabajo a 87,000 personas de manera directa, quienes llevan más de seis meses desempleados.

PROTOCOLO SANITARIO

Ayer se publicó en el Diario Oficial El Peruano la Resolución Ministerial N° 196-2020-MINCETUR que aprueba el “Protocolo Sanitario Sectorial ante el Covid-19 para las Salas de Juego”, documento que establece las medidas de protección que deberá cumplir el personal encargado de prestar el servicio, además de la limpieza y desinfección de equipamiento e instalaciones, así como las medidas de bioseguridad que deben cumplir los clientes.

Al respecto, el Mincetur precisó que la reanudación de las actividades realizadas por las salas de juego será aprobada en una norma posterior y dijo que este protocolo es de aplicación complementaria al Documento Técnico ‘Lineamientos para la Vigilancia, Prevención y Control de la Salud de los trabajadores con riesgo de exposición a Covid-19’, aprobado por el Ministerio de Salud (Minsa).

Entre las principales obligaciones que tendrán las empresas figuran la toma de temperatura antes del ingreso a la sala; implementar puntos de lavado de manos y desinfección de calzado; sanitización de los espacios, máquinas tragamonedas, mesas de juego, sillas, posacodos, entre otros. Además, se reemplazarán los naipes de acuerdo al reglamento de cada juego y las cajas móviles quedarán suspendidas hasta nuevo aviso.

“Con el protocolo sanitario ponemos de conocimiento a las salas de juego las medidas de bioseguridad que deben implementar. De esta manera, cuando se realice la reapertura esta actividad podrán volver a operar, siempre cumpliendo los requerimientos del gobierno”, sostuvo el Mincetur.



PRINCIPALES DISPOSICIONES

El presente protocolo sanitario contiene disposiciones de carácter general aplicable a todas las salas de juego autorizadas a nivel nacional, en base del cual los operadores deberán implementar en las salas de juegos, medidas preventivas que garanticen la seguridad y salud de todas las personas.

A continuación, los principales lineamientos establecidos por el Mincetur:

1- Responsabilidades del titular y del encargado de la salud de los trabajadores:

  • Implementar medidas preventivas que garanticen la seguridad y salud.
  • Organizar las operaciones y actividades que se establecen en el protocolo.
  • Garantizar todos los recursos necesarios para la implementación y ejecución del protocolo, incluyendo los equipos de protección personal (EPP).
  • Asegurar que todo el personal cumpla con el protocolo establecido.
  • Realizar reuniones de evaluación de las acciones para mitigar los contagios.
  • Gestionar medidas preventivas de acuerdo con RM N° 448-2020/MINSA y modificatorias.

2- Responsabilidades del personal operativo:

  • Cumplir el protocolo establecido de manera obligatoria al inicio, durante y al finalizar la labor.
  • Solicitar y usar los EPP de manera responsable, mantener en buenas condiciones de operatividad aquellos que sean reutilizables (ejemplo: protector facial).
  • Reportar cualquier indicio o cuadro clínico respecto al Covid-19.
  • Asistir a los programas de capacitación y aplicar los conocimientos al cliente.

3- Responsabilidades de los clientes:

  • Conocer y cumplir el protocolo correspondiente de manera obligatoria para el ingreso y permanencia en la sala de juego.
  • Usar EPP en todo momento (mascarillas quirúrgicas o comunitaria y protector facial).
  • Lavado frecuente de manos con agua y jabón o desinfección de manos con alcohol gel.
  • Permitir la toma de temperatura corporal y realizar la desinfección de su calzado al ingresar a la sala de juego.
  • Mantener en todo momento el distanciamiento social de por lo menos 1 metro, evitando el contacto físico con el personal u otro cliente.
  • No ingresar bebidas ni alimentos a la sala de juego.
  • Deberá optar por medios de pagos virtuales (transferencias bancarias, aplicativos, etc.).
  • Los pagos en efectivo deberán cumplir con el protocolo de desinfección.

4- Actividades operativas en la Sala de Juego:

  • Al reinicio de la actividad el aforo permitido es del 50% de la capacidad máxima de la sala de juego, priorizando el distanciamiento físico de por lo menos 1 metro entre las personas.
  • El titular de la empresa o quien él designe deberá verificará el uso en todo momento de los EPP.
  • Las superficies que se tocan, tales como mostradores de atención, manijas y demás mobiliario expuesto, deber ser desinfectados frecuentemente.
  • Se aplicará solución desinfectante para manos en cada atención realizada a los clientes.
  • En caso se realicen sorteos, se evitará que los clientes se levanten de sus ubicaciones al momento de entregar el premio.
  • Para sistemas multipuestos y multijuegos (derbys, ruletas electrónicas, entre otros), se deberá mantener el distanciamiento físico de por lo menos 1 metro entre los clientes y el personal de sala.

5- Máquinas Tragamonedas:

  • Mantener el distanciamiento físico de por lo menos 1 metro, para lo cual se podrá alternar la operación de las máquinas tragamonedas de una misma isla.
  • Ejemplo: una máquina prendida y las máquinas adyacentes apagadas y sin sillas.
  • Culminado el uso del tragamonedas se desinfectará totalmente.

6- Mesas de Juego (casino):

  • Previa a la apertura de la mesa de juego de casino, se deberá desinfectar la totalidad de las fichas de flota y relleno.
  • En caso de utilización de juegos con naipes, se deberá seguir los lineamientos establecidos en el reglamento de cada juego, preservando la salud e integridad de los clientes y el personal.
  • En las mesas de juego se deberá controlar el distanciamiento físico de por lo menos 1 metro (ejemplo: las mesas tendrán un puesto libre y sin silla entre cliente o cliente, o señalizar en la mesa o en el piso la ubicación de los jugadores).
  • Previo al inicio del juego, el lavado de manos con agua y jabón o desinfectante será obligatorio.

*Para más información, descarga el “Protocolo Sanitario ante el Covid-19 para las Salas de Juego” en el siguiente link:

PROTOCOLO CASINOS Y TRAGAMONEDAS


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