
Los usuarios de los servicios de transporte terrestre podrán postergar hasta por un año el uso de su pasaje o transferirlo a otra persona, plenamente identificada, así lo señala el proyecto de ley aprobado el martes 30 de abril en la Comisión de Defensa del Consumidor del Congreso de la República.
El dispositivo también precisa que, en caso el usuario adquiera boletos de ida y vuelta o tramos múltiples y no hiciera uso de ellos, tendrá derecho a usar los tramos siguientes, quedando prohibido que los proveedores dejen sin efecto este derecho.
Por su parte, las empresas de transporte deberán contar con un Libro de Reclamaciones en las zonas de embarque y desembarque que permitan el ingreso y registro de quejas y reclamos a distancia.
Estas disposiciones forman parte de la iniciativa legislativa aprobada el pasado martes, que modifica la Ley 29571, Código de Protección y Defensa del Consumidor.