Transporte interprovincial: declaración jurada de salud y protectores faciales serán obligatorios

El Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) publicó el “Lineamiento Sectorial para la Prevención del Covid-19 en el Servicio de Transporte Terrestre Regular de Personas en los ámbitos Nacional y Regional”, con la finalidad de autorizar el reinicio de operaciones a partir de su implementación por parte de las empresas del sector, en coordinación con el Ministerio de Salud (Minsa).

Según lo anunciado días atrás por el MTC, la reanudación del transporte interprovincial de pasajeros se llevaría a cabo desde el próximo miércoles 15 de julio, cuatro meses después de que fuera suspendido por la emergencia sanitaria del coronavirus.

Así, mediante la Resolución Ministerial N°0386-2020-MTC/01, publicada el último sábado 11 de julio en el Diario Oficial El Peruano, el MTC estableció una serie de medidas sanitarias de cumplimiento obligatorio por parte de los pasajeros, las empresas de transporte, sus conductores y tripulación, así como los operadores de la infraestructura complementaria (terminal terrestre).

Entre las disposiciones generales que figuran en el protocolo destacan:

  • Tanto los usuarios como la tripulación deben utilizar mascarillas y protectores faciales. Además, los pasajeros deberán presentar una declaración jurada de salud para poder abordar los buses, en la que aseguren no estar infectados con el coronavirus.
  • Para evitar aglomeraciones, deberán acudir al terminal solo las personas que realizarán el viaje.
  • Los transportistas deben respetar el aforo según el número de asientos señalados en sus tarjetas de identificación vehicular. Es decir, podrán utilizar el 100% de los asientos, siempre y cuando implemente una cortina de polietileno u otro material análogo que contribuya al aislamiento. De lo contrario, solo se podrá utilizar los sitios que se encuentren contiguos a la ventana. No está permitido viajar de pie. Así lo establece la Resolución Ministerial N°0386-2020-MTC/01.

Las principales obligaciones que deben cumplir los transportistas son:

  • Limpiar y desinfectar las unidades vehiculares, antes y después de la jornada.
  • Controlar la temperatura a los usuarios antes de emprender el viaje.
  • Implementar cortina de polietileno o material análogo para aislamiento entre los asientos de la unidad.
  • Solicitar al usuario, declaraciones juradas sobre: no presentación de síntomas Covid-19.
  • Colocar una división que aísle al conductor en caso de que no cuente con una cabina.

En tanto, las medidas obligatorias que debe cumplir el conductor son:

  • Utilizar mascarilla en buen estado de conservación y limpieza.
  • Verificar el cumplimiento del aforo (solo usuarios sentados, no permitiendo que se transporten de pie).
  • Comunicar de inmediato al transportista y a las autoridades sanitarias en el supuesto que un usuario presente sintomatología Covid-19.
  • Contar en todo momento con alcohol, paños de limpieza y desinfectantes de superficie.

Cabe precisar que los viajes interprovinciales estarán permitidos a todas las regiones del país, excepto a aquellas donde rige la cuarentena debido al alto índice de contagio del coronavirus. “Se trata de Áncash, Arequipa, Ica, Junín, Huánuco, San Martín y Madre de Dios”, según precisa la norma.


*Conoce los detalles del protocolo sanitario para el transporte terrestre interprovincial en los siguientes links:

RM N° 0386-2020-MTC/01


LINEAMIENTO TRANSPORTE NACIONAL Y REGIONAL



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