
El Gobierno oficializó la declaratoria de día no laborable a nivel nacional para los trabajadores del sector público este lunes 13 de junio, con motivo del partido que jugará la selección peruana de fútbol contra Australia por el repechaje de clasificación al Mundial Qatar 2022, encuentro que se disputará a la 1 p.m. en el estadio Ahmed Bin Ali de Doha.
“Dicho evento constituye un hecho de especial consideración social, que es celebrado con algarabía en todo el territorio nacional, por ser el fútbol un deporte de arraigo a nivel nacional que a lo largo de la historia ha concentrado mayor número de seguidores con expectativas en competencias exitosas y triunfos que enorgullezcan los símbolos patrios”, señala el Decreto Supremo N° 068-2022-PCM, publicado ayer sábado en el Diario Oficial El Peruano.
“A fin de promover el desarrollo del citado deporte, resulta pertinente otorgar las facilidades para que las personas puedan seguir el desarrollo del partido de fútbol antes referido; así como, adoptar medidas tendientes a garantizar el orden interno y la seguridad ciudadana a nivel nacional”, agrega el dispositivo.
La norma precisa que el feriado será sujeto a compensación de labores y para las empresas del sector privado, la medida es opcional y podrán acogerse previo acuerdo entre el empleador y sus trabajadores.
“En el sector público, el día no laborable se compensa en 10 días inmediatos posteriores o en la oportunidad que establezca el titular de cada entidad pública, en función a sus propias necesidades. Los titulares de las entidades del sector público adoptarán las medidas necesarias para garantizar la provisión de aquellos servicios que sean esenciales e indispensables para la sociedad, durante el día no laborable establecido en el presente Decreto Supremo”, señala la norma.
“Los centros de trabajo del sector privado podrán acogerse a lo dispuesto en el presente Decreto Supremo, previo acuerdo entre el empleador y sus trabajadores, quienes deberán establecer la forma como se hará efectiva la recuperación del día dejado de laborar; a falta de acuerdo, decidirá el empleador”, agrega el documento.
En tanto, las entidades y empresas sujetas al régimen laboral de la actividad privada que realizan servicios esenciales e indispensables están facultadas para determinar los puestos de trabajo que están excluidos del día no laborable y los trabajadores respectivos que continuarán laborando, a fin de garantizar los servicios a la comunidad.
El dispositivo agrega que están incluidos los servicios sanitarios y de salubridad, limpieza y saneamiento, electricidad, agua, desagüe, gas y combustible, sepelios, comunicaciones y telecomunicaciones, transporte, puertos, aeropuertos, seguridad, custodia, vigilancia, y traslado de valores, y expendio de víveres y alimentos.
*Para más información, descarga la norma emitida por el gobierno en el siguiente link:
DECRETO SUPREMO Nº 068-2022-PCM