El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) confirmó la ampliación hasta junio de 2023 del plazo máximo de acogimiento para las reprogramaciones de los créditos otorgados a las empresas, a través del programa Reactiva Perú y del Fondo de Apoyo Empresarial al Sector Turismo (FAE-Turismo). La medida incluye la extensión del periodo de gracia.
Para tal efecto, se modificaron los reglamentos de ambos programas de garantías estatales mediante las Resoluciones Ministeriales Nº 074-2023-EF/15 y Nº 073-2023-EF/15, publicadas hoy en el Diario Oficial El Peruano.
Ambas normas establecen facilidades para permitir que las empresas, especialmente micro y pequeñas (mypes), soliciten nuevas reprogramaciones de sus compromisos financieros y la obtención de nuevos créditos.
REACTIVA PERÚ
Como se recuerda, al cierre del programa Reactiva Perú se otorgaron créditos por S/ 58.044 millones (S/ 52.328 millones con garantía del Gobierno), en beneficio de más de 502.000 empresas de todos los sectores económicos a nivel nacional (98% mypes), a tasas mínimas históricas entre 1% y 4%.
Originalmente, Reactiva Perú autorizó la emisión de garantías hasta por la suma de S/ 60.000 millones para créditos con un máximo de 36 meses, incluido un periodo de gracia de hasta 12 meses.
La Resolución Ministerial Nº 074-2023-EF/15 autoriza a las entidades del sistema financiero (ESF) a establecer por única vez, en el marco de la reprogramación de créditos Reactiva Perú, un periodo de gracia de hasta 24 meses para las empresas deudoras de Reactiva, tiempo adicional al periodo de gracia original.
FAE-TURISMO
Por su parte, el FAE-Turismo es un Fondo creado para el financiamiento solamente de mypes del sector turismo, a través de créditos para capital de trabajo de hasta S/ 750.000 y hasta 98% de cobertura, con hasta 18 meses de gracia y 42 meses de repago.
“El plazo máximo de acogimiento para las reprogramaciones del FAE-Turismo es el 30 de junio de 2023. La reprogramación de créditos garantizados con el FAE-Turismo no puede considerar un cronograma que tenga fecha posterior al 07 de julio del 2023”, señala la Resolución Ministerial Nº 073-2023-EF/15.
Las empresas que tengan créditos reprogramados bajo lo establecido por el Decreto de Urgencia Nº 004-2022, pueden acceder a una nueva reprogramación y periodo de gracia bajo los siguientes términos y condiciones:
a) El saldo insoluto del crédito con garantía del FAE-Turismo debe encontrarse vigente para poder ser reprogramado.
b) El plazo máximo de pago, incluida las reprogramaciones es de 84 meses.
c) Un periodo de gracia de hasta 12 meses adicionales al otorgado en la reprogramación aprobada en el marco del Decreto de Urgencia Nº 004-2022, periodo en el cual se pagan los intereses para la reprogramación.
d) La tasa de interés para la reprogramación, considera la tasa de interés establecida en la reprogramación realizada bajo el Decreto de Urgencia Nº 004-2022, más un margen adicional que se compone por lo siguiente: (1) el costo de la reprogramación de los créditos que cobran las ESF o COOPAC, y (2) el mayor costo de fondeo de la ESF o COOPAC. Este margen adicional compuesto por los dos factores antes señalados no puede ser mayor a 75 puntos básicos.
e) La garantía del FAE-Turismo sólo cubre el porcentaje de garantía del saldo insoluto del capital originalmente desembolsado.
*Para más información, descarga las normas del MEF en los siguientes links:
R.M. Nº 074-2023-EF/15: REPROGRAMACIÓN REACTIVA
R.M. Nº 073-2023-EF/15: REPROGRAMACIÓN FAE-TURISMO