Reactiva Perú: conoce los requisitos y plazos para reprogramar tus créditos

Con la finalidad de apoyar a las empresas que aún se ven afectadas por el impacto de la pandemia del Covid-19 y la coyuntura económica internacional, el Poder Ejecutivo publicó el viernes último el Decreto de Urgencia N° 011-2022 que autoriza la reprogramación de los créditos otorgados en el marco del programa “Reactiva Perú”.

La medida busca financiar actividades de promoción de la inversión privada, con un enfoque de focalización, poniendo énfasis en aquellas con préstamos más pequeños y las afectadas por la disminución de sus ingresos, entre ellas las empresas del sector turismo.

“Así se cumple uno de los principales compromisos asumidos por el Mincetur en el Plan de Emergencia del Sector Turismo, el cual es producto del esfuerzo conjunto de todos los actores del sector y las regiones. Seguiremos trabajando para apoyar a las empresas nacionales e impulsar el turismo”, señaló el ministro de Comercio Exterior y Turismo, Roberto Sánchez.

“La reprogramación autorizada es para todas las empresas con créditos en el programa Reactiva Perú que todavía no tienen una recuperación adecuada de sus actividades, con especial énfasis en las mypes. Se trata de un alivio financiero a través de un nuevo esquema de reprogramaciones general a cargo de las empresas del sistema financiero, usando para ello sus recursos propios”, señaló Oscar Graham, ministro de Economía y Finanzas.

REQUISITOS Y PLAZOS

El Decreto de Urgencia establece que las entidades del sistema financiero puedan reprogramar, con recursos propios, los créditos garantizados con el programa Reactiva Perú. Para ello, las empresas que tengan o no una reprogramación anterior de sus créditos, podrán solicitar acceder a este beneficio y ser sujeto de evaluación por parte de la entidad financiera.

La norma contempla un periodo de gracia de hasta de 24 meses, tiempo adicional al periodo de gracia original. Para las empresas del sector turismo, se establece un periodo de gracia de hasta 36 meses adicionales, dependiendo de la evaluación de las entidades financieras. En estos nuevos periodos de gracia, los beneficiarios solo pagarán los intereses y comisiones correspondientes.

En resumen, podrán acceder a esta reprogramación las empresas beneficiadas con el programa “Reactiva Perú” que tienen créditos hasta por S/ 90 mil. Para el caso de aquellos créditos mayores a S/ 90 mil, las empresas que deseen acceder a la reprogramación deberán demostrar una caída del nivel de ventas igual o superior al 30% en el año 2021, respecto al año 2019.

Asimismo, la medida permite reprogramaciones hasta por S/ 10,000 millones, para brindar facilidades de pago a los beneficiarios del Programa Reactiva Perú. El plazo de acogimiento es hasta el 31 de diciembre del presente año.

Finalmente, dado que las reprogramaciones se realizarán con recursos propios de las entidades financieras, se estableció que la tasa de interés de los créditos reprogramados no podrá ser superior al costo efectivo anual máxima obtenida en las subastas de los Programas dictados por el Gobierno durante el período de la pandemia de Covid-19.

De otro lado, el Decreto de Urgencia también hace referencia a la Tasa de interés de los créditos reprogramados. En ese sentido, se establece que esta no puede ser superior a la TCEA máxima obtenida en las subastas de los programas dictados por el Gobierno durante la pandemia.

*Para más información sobre la reprogramación de créditos Reactiva, descarga la norma en el siguiente link:

DECRETO DE URGENCIA N° 011-2022


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