¿Qué deben cumplir los destinos turísticos para obtener el sello internacional Safe Travels?

El Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (Mincetur) viene promoviendo el reconocimiento de destinos turísticos seguros a través del sello internacional “Safe Travels”, como medida para la reactivación del sector y la sostenibilidad sanitaria que se requiere en los diversos atractivos del Perú. A la fecha, alrededor de 19 regiones ya cuentan con el emblema de viaje seguro.

Dicho sello es un reconocimiento otorgado por el Consejo Mundial de Viajes y Turismo (WTTC) como resultado de la implementación de un conjunto de protocolos, diseñados bajo las pautas de la Organización Mundial de la Salud (OMS), cuyo objetivo es lograr que los destinos turísticos sean reconocidos como seguros y de calidad, a nivel nacional e internacional.

También distingue a los prestadores de servicios turísticos que vienen implementando estándares y protocolos sanitarios, que garanticen la seguridad de los viajeros a medida que cada país o región se incorpore a la “nueva normalidad”.

REQUISITOS PARA POSTULAR

Para que un destino turístico pueda postular al sello internacional Safe Travels deberá cumplir con los “Lineamientos Sanitarios ante el Covid-19 para Destinos Seguros”, el cual establece las medidas preventivas sanitarias que deben cumplir los actores públicos y privados a cargo de la gestión y prestación de servicios turísticos en los destinos, así como los protocolos sectoriales, con el fin de reducir los riesgos de propagación de la pandemia.

En el caso de los prestadores de servicios turísticos, deberán cumplir con la implementación de los protocolos sectoriales y/o presentar sus planes de vigilancia, prevención y control del Covid-19 en el trabajo; asimismo, deben cumplir con lo siguiente:

  • Los establecimientos de hospedaje y agencias de viajes y turismo deben estar registrados en Mincetur, Dircetur o Gercetur.
  • Los Guías Oficiales de Turismo deben contar con carné vigente y estar registrados ante la autoridad competente.
  • Los restaurantes deben ser categorizados o contar con RUC y Licencia de Funcionamiento expedido por la municipalidad.
  • Las empresas de transporte turístico, supervisados por la autoridad competente.
  • Los centros de Turismo Termal, supervisados por la autoridad competente.
  • Los Juegos de Casinos y Máquinas Tragamonedas, supervisados por la autoridad competente.
  • Las empresas organizadoras de congresos, convenciones y eventos, supervisados por la autoridad competente.

CÓMO OBTENER EL SELLO

De acuerdo a los Lineamientos Sanitarios ante el Covid-19 para Destinos Turísticos el proceso de obtención del sello internacional “Safe Travels” consta de 4 fases:

FASE 1: Convocatoria y Postulación:

Antes de iniciar el proceso, debe existir un Equipo Técnico de naturaleza Público – privado o Ente Gestor de Destino, conformado mediante Acta o Resolución.

Las autoridades regionales y/o locales, que deseen postular un Destino, deberán remitir al Ministerio de Comercio Exterior y Turismo los siguientes documentos:

  • Carta de Participación.
  • Acta o Resolución de conformación del Equipo técnico o Ente Gestor de Destino.
  • Propuesta del Ámbito del Destino Turístico.
  • Declaración Jurada del Equipo Técnico o Ente Gestor.
  • Compromisos firmados por los integrantes del Equipo Técnico o Ente Gestor (Cartas/ Oficios).

FASE 2: Implementación:

El Equipo Técnico del Destino deberá de desarrollar una “Hoja de Ruta” con los puntos que se detallan a continuación:

  • Elaboración de la Hoja de Ruta del Destino, que contiene el listado de los atractivos turísticos, prestadores de servicios, centro soporte, entre otros.
  • Directorio de Prestadores de Servicios Turísticos
  • Medios de verificación de las medidas de bioseguridad (fotografías, enlaces web, etc.)
  • Reporte de Municipios de la limpieza, desinfección y manejo de residuos sólidos.
  • Reporte de medios que promuevan la accesibilidad en el destino.
  • Reporte de medios de comunicación del Destino.
  • Declaración Jurada de la Dircetur o Gercetur (según sea el caso), respecto al cumplimiento de protocolos por parte de los Prestadores de Servicios Turísticos.
  • Adjuntar anexos: Planes de vigilancia, prevención y control del Covid-19 o Guías o Lineamientos de medidas de bioseguridad en los sitios turísticos.

Asimismo, deberá coordinar las acciones para preparar la sustentación de la seguridad sanitaria que esta implementada en el Destino Turístico.

Dependiendo del avance del trabajo de campo y la organización se estima que el proceso de implementación y verificación puede durar de 10 a 30 días

FASE 3: Evaluación y Reconocimiento:

El Mincetur realiza la evaluación de los requisitos mínimos exigidos para el Reconocimiento al 100% del cumplimiento de lineamientos Sanitarios ante el Covid-19 para Destinos Turísticos y realiza una visita de verificación al ámbito del destino propuesto.

De estar conforme, se suscribe un Convenio Específico entre el Mincetur con el Gobierno Regional con el objeto de establecer las condiciones para el otorgamiento de las sublicencias de los derechos de uso del sello Safe Travels en base a los términos y condiciones de la WTTC.

En base al Convenio suscrito, el Gobierno Regional, previa evaluación del cumplimiento de los “Lineamientos sanitarios ante el Covid-19 para destinos turísticos”, podrá otorgar el uso del Sello a los destinos turísticos ubicados en su jurisdicción, así como a los prestadores de servicios turísticos que cumplan con las condiciones establecidas para la reanudación de actividades y los Protocolos Sanitarios Sectoriales respectivos, para ello se debe tener en cuenta lo siguiente:

  • El Equipo Técnico o Ente Gestor de Destino presentará, al Gobierno Regional, un expediente (“Hoja de Ruta”) que sustente la aplicación de los Lineamientos Sanitarios ante el Covid-19 para Destinos Turísticos.
  • Por su parte, el Gobierno Regional, a través de sus órganos competentes, realizará la evaluación para el otorgamiento del sello “Safe Travels” para ello utilizará las Listas de Verificación de los lineamientos sanitarios para destinos turísticos.

FASE 4: Monitoreo:

Durante la Fase de seguimiento y monitoreo del Reconocimiento del Destino Turístico se debe tener en cuenta lo siguiente:

  • El Equipo Técnico o Ente Gestor de Destino debe garantizar la ejecución de las acciones presentadas en la Hoja de Ruta para la vigilancia y monitoreo de la seguridad del Destino Turístico; asimismo, estas serán verificadas periódicamente por el Gobierno Regional.
  • El Gobierno Regional debe reportar de manera bimestral al MINCETUR los resultados de las acciones de vigilancia y monitoreo, y éste a su vez al Consejo Mundial de Viajes y Turismo (WTTC).
  • El Gobierno Regional debe reportar de manera inmediata al MINCETUR cualquier incidencia y/o ocurrencia que pudiera evidenciar y/o confirmar el incumplimiento de alguno o algunas de las disposiciones establecidas en los Lineamientos Sanitarios ante el Covid-19 para Destinos Turísticos para efectuar las acciones correspondientes.
  • El Mincetur debe realizar las inspecciones periódicas para verificar el cumplimiento del convenio suscrito con el Gobierno Regional respecto al uso del Sello “Safe Travels” en los destinos turísticos.
  • El Gobierno Regional deberá evaluar las solicitudes de ampliación del Destino Turístico ya autorizado, cuando desee ampliar el ámbito de intervención o incorporar más prestadores de servicios y/o atractivos turísticos y/o servicios complementarios, para ello utilizará el mismo procedimiento y al término de este se reportará al Mincetur.

Acciones de acompañamiento que brinda el Mincetur:

  • Asistencia técnica para la implementación de Lineamientos y Protocolos sanitarios para los destinos turísticos en toda la Cadena de Valor turístico, en el marco del Safe Travels.
  • Otorga la certificación de calidad y sostenibilidad turística “Viaja Seguro” en el marco del Plan Nacional de Calidad Turística – CALTUR.
  • Capacita al personal de las empresas en los protocolos de seguridad y en la prestación de servicios turísticos seguros.
  • Fortalece la coordinación público – privada para una reapertura eficiente.
  • Fortalece la articulación interinstitucional para armonizar la gestión y una fiscalización efectiva.
  • Promociona los destinos turísticos seguros que han obtenido el sello Safe Travels a través de PromPerú.
  • Monitorea el cumplimiento de los compromisos asumidos por los gobiernos regionales, para los destinos turísticos que obtuvieron el sello Safe Travels.

*Para más información y consultas, comunícate con el Mincetur al correo: safetravels@mincetur.gob.pe. Ingresa también al siguiente link:

SAFE TRAVELS PARA DESTINOS TURÍSTICOS


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