El Gobierno promulgó hoy la Ley N° 31171 que autoriza a los trabajadores a disponer de la Compensación Por Tiempo de Servicios (CTS), a fin de cubrir las necesidades económicas causadas por la pandemia del covid-19.
La norma, publicada hoy en el Diario Oficial El Peruano, autoriza por única vez y hasta el 31 de diciembre de 2021 a disponer libremente del 100% de la CTS en las entidades financieras y que tengan acumulados a la fecha de disposición.
El dispositivo legal indica que, para tal fin, el Poder Ejecutivo dicta las disposiciones reglamentarias necesarias, en el plazo máximo de 10 días calendario desde la entrada en vigencia de la presente ley.
La promulgación de la Ley, aprobada por el Congreso de la República, está suscrita por el presidente Francisco Sagasti y la presidenta del Consejo de Ministros, Violeta Bermúdez.
Ayer, la presidenta del Consejo de Ministros, Violeta Bermúdez, indicó que el Ejecutivo no observaría la autógrafa de ley que faculta el retiro de la CTS, pues se han considerado las posibles contingencias que podría generar la emergencia sanitaria en el país.
Bermúdez también expresó su confianza en que los trabajadores adopten una decisión responsable ante la ley que autoriza el retiro del 100 % de la CTS.
En ese sentido, enfatizó que la promulgación de la ley no significa que es obligatorio que los trabajadores retiren el total de los fondos.
“Evidentemente, nosotros asumimos que los trabajadores y trabajadoras son absolutamente responsables y pueden adoptar decisiones responsables. Si no necesitan en este momento hacer uso de la CTS, lo recomendable es que no la saquen y siga depositada”, expresó en dicha ocasión.
*Para más información, descarga la norma completa en el siguiente link: