Ministerio de Cultura asumirá la gestión del Proyecto Bicentenario

El Poder Ejecutivo aprobó mediante decreto supremo el cambio de dependencia del Proyecto Especial Bicentenario de la Independencia del Perú, que pasará de la Presidencia del Consejo de Ministros (PCM) al Ministerio de Cultura.

Según la norma, publicada hoy en el Diario Oficial El Peruano, esta medida comprende la transferencia de todas sus funciones, así como de sus recursos presupuestales, personal y acervo documentario, entre otros, incluyendo sus activos y pasivos.

En tal sentido, se conformará una comisión del proceso de transferencia, que quedará a cargo de los actos posteriores para programar, implementar y dar seguimiento al proceso de cambio de dependencia.

Dicha comisión se constituirá dentro del plazo máximo de cinco días hábiles, contados a partir de la vigencia de la norma, y estará integrada por dos representantes de la PCM y dos representantes del Ministerio de Cultura, recayendo la presencia en uno de los representantes del referido ministerio.

«Los miembros de la comisión son los responsables de programar, implementar y dar seguimiento al proceso de transferencia por cambio de dependencia, cuyas conclusiones y acuerdos son recogidos en actas e incorporados en el informe detallado de acciones desarrolladas durante el proceso, el cual es remitido a las respectivas Secretarías Generales de la PCM y del Ministerio de Cultura, una vez concluido dicho proceso», añade el dispositivo.

Esta decisión se tomó debido a que las funciones del Proyecto Especial Bicentenario son afines y complementarias a las competencias y funciones del Ministerio de Cultura.

Además, las actividades de la Agenda de Conmemoración se encuentran alineadas a la Política Nacional de Cultura al 2030, que orienta la acción pública en materia de derechos culturales y que permite integrar, alinear y dar coherencia a las estrategias e intervenciones con el propósito de servir mejor a la ciudadanía.

Asimismo, el dispositivo agrega que el proceso de transferencia por cambio de dependencia se realizará en un plazo máximo de 30 hábiles contados a partir de la entrada en vigencia del presente decreto supremo.

El decreto supremo también será publicado en la Plataforma Digital Única para Orientación al Ciudadano, en el portal institucional de la Presidencia del Consejo de Ministros y en el portal institucional del Ministerio de Cultura.



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