A través de la Ley Nº 30970, publicada ayer en el Diario Oficial El Peruano, el Congreso de la República dispuso que las Oficinas Comerciales de Perú en el Exterior (OCEX) ahora dependan funcional, administrativa y orgánicamente de PromPerú y ya no directamente del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (Mincetur).
Por ello, en cumplimiento con dicha norma, el Mincetur anunció hoy la creación de la Comisión de Transferencia encargada de efectuar las acciones necesarias para el cumplimiento del traspaso de las OCEX a PromPerú.
Mediante la Resolución Ministerial N° 223-2019-MINCETUR, publicada esta mañana en El Peruano, se establece que la Comisión de Transferencia estará integrada por:
Ministerio de Comercio Exterior y Turismo:
- La Secretaria General.
- La Directora de Gestión y Monitoreo de las Oficinas Comerciales del Perú en el Exterior – DGMOCEX.
- El Director General de la Oficina General de Planificación, Presupuesto y Desarrollo – OGPPD.
- La Directora (e) de la Oficina de Racionalización de la Oficina General de Planificación, Presupuesto y Desarrollo – OGPPD.
- El Director General de la Oficina General de Administración – OGA.
- La Directora de la Oficina de Administración Financiera de la Oficina General de Administración – OAF.
- El Director de la Oficina de Abastecimiento y Servicios Auxiliares de la Oficina General de Administración – OASA.
Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y Turismo – PROMPERÚ:
- La Gerente General.
- El Jefe de la Oficina General de Administración – OGA.
- El Jefe de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto – OPP.
- El Jefe de la Unidad de Asuntos Financieros – UAF.
- El Jefe de la Unidad de Asuntos Administrativos – UAA.
FUNCIONES
La Comisión de Transferencia tendrá las siguientes funciones:
-Programar, implementar y dar seguimiento al proceso de transferencia, cuyas conclusiones o acuerdos deberán ser recogidos en actas debidamente suscritas.
-Determinar el personal, acervo documentario, inventarios de bienes, la logística, los recursos financieros y presupuestales y otros que pudiesen corresponder, que estuvieran destinados a la ejecución de las funciones y competencias de las OCEX en el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo; y que deberán ser transferidos a la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo.
-Convocar a funcionarios o servidores de las dependencias de las entidades involucradas cuando sea necesario.
-Emitir el Informe Final en el que se plasmará las principales actividades llevadas a cabo para la implementación del proceso de transferencia y las conclusiones y recomendaciones que se consideren pertinentes, adjuntando los inventarios y actas elaboradas durante el proceso, el mismo que será presentado ante la Ministro de Comercio Exterior y Turismo, luego de lo cual culminarán sus funciones.
-Las demás funciones que resulten necesarias para llevar a cabo el objeto señalado en la presente Resolución.
-La Comisión de Transferencia, una vez que culmine el proceso de transferencia, deberá presentar un informe final al Ministro de Comercio Exterior, respecto de los resultados consolidados y las recomendaciones que se deba implementar a partir de dicho proceso.
“La Comisión de Transferencia se instalará dentro de los dos (2) días hábiles siguientes a la publicación de la presente Resolución Ministerial. La Comisión de Transferencia podrá organizarse en equipos de trabajo para el adecuado cumplimiento de sus funciones. El funcionamiento de la Comisión de Transferencia no demandará recursos adicionales al tesoro público”, señala la norma del Mincetur.