Gobierno crea oficialmente el FAE-Turismo para garantizar créditos a Mypes del sector

Conoce los requisitos y condiciones para acceder a estos préstamos.


A través del Decreto de Urgencia Nº 076-2020, publicado hoy en el Diario Oficial El Peruano, el Gobierno anunció oficialmente la creación del Fondo de Apoyo Empresarial para el Sector Turismo (FAE-Turismo), que tiene por finalidad garantizar los créditos para capital de trabajo de las micro y pequeñas empresas (Mypes) que realizan actividades de establecimientos de hospedaje, transporte interprovincial terrestre de pasajeros, transporte turístico, agencias de viajes y turismo, restaurantes, actividades de esparcimiento, organización de congresos, convenciones y eventos, guiado turístico, así como producción y comercialización de artesanías.

En ese sentido, el Poder Ejecutivo autorizó una transferencia de partidas en el presupuesto del sector público para el Año Fiscal 2020 de hasta S/ 500 millones, por la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios y con cargo a los recursos de la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), a favor del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (Mincetur), para financiar el FAE-Turismo.

Según explica el Gobierno, el Decreto de Urgencia publicado hoy tiene por objetivo establecer medidas extraordinarias, en materia económica y financiera, que promuevan el financiamiento de las Mypes del sector turismo, que se vean afectadas por el contexto internacional y local adverso, producto de la propagación del Covid-19 en el territorio nacional; así como establecer medidas que permitan promover el financiamiento de fondos concursables destinados exclusivamente para el desarrollo de proyectos de innovación, adecuación tecnológica y sanitaria, reactivación y reconversión de actividades turísticas.

“El Mincetur queda autorizado a realizar transferencias financieras, con cargo a los recursos transferidos a su favor, hasta por la suma de S/ 500,000,000 a favor del FAE-Turismo, creado por el presente Decreto de Urgencia. Dichas transferencias financieras se aprueban mediante resolución del titular, previo informe favorable de la Oficina de Presupuesto del pliego o la que haga sus veces, y se publica en el Diario Oficial El Peruano”, indica la norma.

GARANTÍA DEL FAE-TURISMO

La norma precisa que, junto con la garantía del FAE-Turismo, la Corporación Financiera de Desarrollo (Cofide) otorgará créditos a las empresas del sistema financiero (ESF) y a las Cooperativas de Ahorro y Crédito No Autorizadas a Captar Recursos del Público (COOPAC), registradas en la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS). La garantía del FAE-Turismo para Cofide es por el 100% de la cartera honrada.

“La garantía que otorga el FAE-Turismo cubre como máximo el monto equivalente a tres veces el promedio mensual de deuda de capital de trabajo registrado por la Mype en el año 2019, en la empresa del sistema financiero o COOPAC que le otorga el crédito. Para dicho límite, no se consideran los créditos de consumo, ni hipotecarios para vivienda”, indica.

“Alternativamente, también se puede considerar el monto equivalente a cuatro meses el nivel de venta promedio del año 2019, según los registros de la Sunat. El límite de la garantía individual que otorga el FAE-Turismo es para los créditos destinados únicamente a capital de trabajo de las Mype”, refiere.

Esta garantía otorgada a través de Cofide a las ESF y COOPAC, se aplica de acuerdo con los siguientes porcentajes de cobertura de la cartera por deudor:

FAE3

REQUISITOS PARA MYPES

El decreto del Ejecutivo precisa que son elegibles como beneficiarios del FAE-Turismo, las Mypes que:

1- Obtengan créditos para capital de trabajo, según los parámetros establecidos por la SBS para créditos a microempresas y pequeñas empresas.

2- Se encuentren clasificadas en el Sistema Financiero, al 29 de febrero de 2020 en la Central de Riesgo de la SBS, en la categoría de “Normal” o “Con Problemas Potenciales” (CPP). En caso de no contar con clasificación a dicha fecha, no haber estado en una categoría diferente a la categoría “Normal” durante los 12 meses previos al otorgamiento del préstamo.

Por el contrario, no podrán acceder a los préstamos del FAE-Turismo aquellas Mypes que:

1- Se encuentren vinculadas a las ESF y a las COOPAC otorgantes del crédito, así como aquellas comprendidas en el ámbito de la Ley N° 30737, que asegura el pago inmediato de la reparación civil a favor del Estado peruano en casos de corrupción y delitos conexos, así como cualquier persona o ente jurídico sometida a procesos por delitos de corrupción y conexos o cuyos representantes estén siendo investigados por dichos delitos; quedando exceptuado los créditos de las personas o entes jurídicos que hayan cumplido con el pago total de la reparación civil a que hubiera lugar y tengan la condición de habilitadas para contratar con el Estado.

2- Cuenten con créditos garantizados en el marco del Programa Reactiva Perú, creado mediante el Decreto Legislativo N° 1455.

3- Cuenten con créditos garantizados en el marco del Fondo de Apoyo Empresarial a la MYPE (FAE-Mype), creado mediante Decreto de Urgencia Nº 029-2020.

4- Se hayan acogido al Procedimiento Acelerado de Refinanciación Concursal (PARC), creado mediante el Decreto Legislativo N° 1511.

“El presente Decreto de Urgencia tiene vigencia hasta el 31 de diciembre de 2020, salvo aquellos plazos distintos establecidos expresamente en la presente norma”, indica el dispositivo oficial que lleva la firma del presidente de la República, Martín Vizcarra, y es refrendado por el premier Vicente Zeballos y los ministros María Antonieta Alva (MEF) y Edgar Vásquez (Mincetur).

*Accede a la norma completa en el siguiente link:

D.U. 076-2020: FAE-TURISMO



Read Previous

La Libertad: solicitan mayor presupuesto para mantenimiento y reapertura de monumentos históricos

Read Next

Amak lanza campaña conjunta “Turismo por la Agroecología” en Iquitos y Valle Sagrado