Con motivo de las Elecciones Congresales Extraordinarias 2020 del próximo domingo 26 de enero, el Jurado Nacional de Elecciones (JNE) recordó que desde las 08:00 horas de este sábado 25 regirá la prohibición de venta de bebidas alcohólicas por 48 horas. La Ley Seca se extenderá hasta las 08:00 horas del lunes 27.
Dicha restricción está contemplada en el artículo 351 de la Ley Orgánica de Elecciones, bajo la Ley 26859 publicada en el año 1997. La citada norma indicaba un horario distinto, pero esto cambió tras una modificación en el año 2014, con la Ley 30147.
La directora nacional de Fiscalización y Procesos Electorales del JNE, Yessica Clavijo Chipoco, precisó que el incumplimiento de esta disposición se sanciona con cárcel no mayor de seis meses, multa de 2 790 soles y pena accesoria de inhabilitación.
En ese sentido, dijo que los fiscalizadores del JNE realizarán continuos operativos en diversas regiones del país con el fin de hacer cumplir la normativa electoral y garantizar que la votación transcurra con total normalidad.
Por su parte, el especialista en Derecho Electoral, José Tello Alfaro, explicó que la denominada Ley Seca no aplica a tomar bebidas alcohólicas en reuniones privadas, sino solo a la venta de estos productos. Sin embargo, resaltó que los electores no deben tomar este tema a la ligera.
“La Ley Seca es en cuanto al expendio de bebidas alcohólicas, obviamente que se hace en bodegas, restaurantes, bares, discotecas y licorerías. Todo eso queda restringido. Uno en la casa puede tener licores y libar, no hay ningún problema en tomar un trago. No hay problema si es una reunión privada. Obviamente eso no constituye una falta, lo que sí constituye una falta es vender las bebidas alcohólicas”, comentó.