DGAC revocó permiso a LC Perú por no reanudar vuelos en plazos establecidos

A diez meses de haber suspendido sus operaciones por problemas económicos, LC Perú perdió definitivamente la posibilidad de alzar vuelo nuevamente. Hace unos días, la Dirección General de Aeronáutica Civil (DGAC) revocó el Permiso de Operación de Aviación Comercial otorgado a la aerolínea peruana el 18 de junio de 2018.

Dicha medida se hizo oficial mediante la Resolución Directoral N° 726-2019-MTC/12 del 19 de setiembre de 2019, documento al que tuvo acceso Turiweb y en donde la DGAC expone las razones para esta revocatoria. Aquí el recuento de los hechos:

Mediante Resolución Directoral N° 524-2018-MTC/12 del 18 de junio de 2018, la DGAC otorgó a la empresa LC Busre S.A.C. (LC Perú) la renovación del Permiso de Operación de Aviación Comercial para el Transporte Aéreo Regular Nacional de pasajeros, carga y correo, por el plazo de 4 años contados a partir del 10 de agosto de 2018.

Mediante Documento de Registro N° E-353745-2018 del 21 de diciembre de 2018, la empresa solicitó la suspensión de sus operaciones por un periodo de 90 días, plazo que le fue otorgado mediante Oficio N° 007-2019-MTC/12.07 del 3 de enero de 2019, contados a partir del 21 de diciembre de 2018.

Mediante Documento de Registro N° E-074984-2019 del 13 de marzo de 2019, la aerolínea solicitó prorrogar la suspensión de sus operaciones por un periodo de 90 días adicionales, plazo que se le otorgó mediante Oficio N° 327-2019-MTC/12.07 del 20 de marzo, vigente hasta el 19 de junio.

Mediante Documento de Registro N° E-159263-2019 del 27 de mayo, la empresa volvió a solicitar una nueva prórroga por 90 días adicionales a partir del 20 de junio; no obstante, mediante Memorando N° 832-2019-MTC/12.LEG del 30 de mayo, la abogada de la DGAC indicó que, de acuerdo con lo establecido en el artículo 213 del Reglamento de la Ley de Aeronáutica Civil, no se contempla una prórroga de suspensión de operaciones más allá de los 180 días ya autorizados, lo cual fue comunicado a la compañía con el Oficio N° 826-2019-MTC/12.07 del 4 de julio.

“Habiéndose vencido los plazos otorgados sin reanudar sus operaciones aéreas bajo el Permiso de Operación Regular Nacional de pasajeros, carga y correo, se desprende que para la empresa LC Busre S.A.C. (LC Perú) se constituye la causal de Revocatoria de Permiso de Operación señalada en el Literal e), Numeral 97,2, del Artículo 97 de la Ley de Aeronáutica Civil – Ley N° 27261 al haber interrumpido sus operaciones por un plazo de 90 días calendario”, señala la resolución de la DGAC.

Precisa que, de acuerdo con el artículo 213 del Reglamento de la Ley de Aeronáutica Civil, vencido el plazo de suspensión y de no reanudarse las operaciones, la DGAC procede a revocar el permiso de operación en la parte que corresponda.

En tal sentido, la autoridad aeronáutica resolvió revocar el permiso a LC Perú y en consecuencia dejar sin efecto la RD N° 524-2018-MTC/12 del 18 de junio de 2018 por los motivos expuestos. Así lo señala la resolución firmada por Juan Carlos Pavic, director general de Aeronáutica Civil.


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