El Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (Mincetur) aprobó el “Protocolo Sanitario Sectorial ante el Covid-19 para hostales categorizados y establecimientos de hospedaje no clasificados ni categorizados con constancia de declaración jurada”, en el marco de la Fase 3 de la reactivación de actividades económicas cuyo inicio fue autorizado mediante Decreto Supremo Nº 117-2020-PCM.
A través de la Resolución Ministerial Nº 122-2020-MINCETUR, publicada hoy en el Diario Oficial El Peruano, el Mincetur señala que, para la reanudación de estos servicios de alojamiento, las empresas, personas jurídicas o sus representantes deberán elaborar y presentar ante el Ministerio de Salud (Minsa) su “Plan para la vigilancia, prevención y control de Covid-19 en el trabajo”, el cual debe estar a disposición de los clientes y trabajadores, así como de las autoridades competentes para su fiscalización.
“El protocolo sanitario aprobado es de aplicación complementaria al Documento Técnico: ‘Lineamientos para la Vigilancia, Prevención y Control de la Salud de los trabajadores con riesgo de exposición a Covid-19’, aprobado por Resolución Ministerial Nº 448-2020-MINSA”, señala la norma.
Indica también que el protocolo sanitario para los hostales categorizados y establecimientos de hospedaje no clasificados ni categorizados cuenta con la opinión favorable del Minsa a través del Informe Técnico Nº 007-2020-LERC-DG-DGIESP/MINSA, por lo que resulta pertinente emitir la resolución que autoriza el reinicio de sus operaciones y sus anexos.
Asimismo, se dispone la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial El Peruano y del protocolo sanitario aprobado en el portal web institucional del Mincetur: www.gob.pe/mincetur. Cabe señalar que la norma lleva la firma del ministro de Comercio Exterior y Turismo, Edgar Vásquez Vela.
*Accede a la resolución que autoriza la reapertura de los hostales y establecimientos de hospedaje no categorizados en el siguiente link: