En una carta dirigida a la Comisión de Comercio Exterior y Turismo del Congreso, la Asociación Peruana de Empresas Turísticas (Apetur) expresó su respaldo al Proyecto de Ley N° 8637-2024-CR, que propone la exoneración del IGV para los servicios turísticos ofrecidos a los peruanos y facilitar el acceso al turismo a las poblaciones más vulnerables.
La iniciativa busca exonerar del Impuesto General a las Ventas (IGV) del 18% a los servicios turísticos ofrecidos a turistas nacionales, con el objetivo de fomentar la formalización administrativa y tributaria de agencias de viajes y empresas de transporte turístico terrestre que atienden este segmento.
Según Apetur, de las 27,384 agencias de viajes registradas en la Sunat, solo 9,413 se encuentran registradas y autorizadas por el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (Mincetur). Por tanto, el proyecto de Ley fomentaría que las 17,971 agencias informales se formalicen.
“El Proyecto de Ley 8637-2024-CR busca retomar igualdad de condiciones del turista nacional que realiza el turismo interno o turismo social, con respecto al turista extranjero que realiza turismo receptivo el cual gracias al Congreso de la República que aprobó la Ley 30641 (Ley que fomenta la exportación de servicios y el turismo) ya se encuentra exonerado del IGV”, señala el gremio.
FORMALIZACIÓN
En efecto, uno de los principales argumentos de Apetur para apoyar el proyecto es su potencial para combatir la informalidad en el sector turístico. Según la asociación, actualmente existen más de 17,000 agencias de viajes informales en el país, lo que representa una amenaza para las empresas formales que cumplen con todas las obligaciones fiscales y administrativas. De las 27,384 agencias de viaje registradas en la Sunat, solo 9,413 están debidamente autorizadas por el Mincetur.
Rolando Concha López, presidente de Apetur, explicó que la informalidad en el sector turístico es un problema agravado por la falta de actualización en los códigos de Clasificación Industrial Internacional Uniforme (CIIU) y la falta de registros adecuados por parte del Mincetur.
Denunció que “malos funcionarios” de la SUNAT mantienen obsoleto el CIIU Rev 3, cuando debería estar en uso el CIIU Rev 4, que separa las actividades de agencias de viajes y operadores turísticos.
Asimismo, la falta de registro de las empresas de transporte turístico en el Directorio Nacional de Prestadores de Servicios Turísticos Calificados del Mincetur impide un control adecuado, lo que genera más informalidad.

Apetur también destaca el impacto positivo que tendría la exoneración del IGV en las poblaciones más vulnerables. La exoneración del IGV reduciría el costo de los paquetes turísticos, facilitando el acceso a actividades turísticas para estas personas.
Concha indicó que el turismo social, que promueve el acceso de peruanos con bajos recursos a actividades turísticas, se vería favorecido con esta medida.
MEDIDAS COMPLEMENTARIAS
El proyecto de ley también incluye una serie de medidas complementarias para promover la formalización del sector, como la obligatoriedad del registro en el Directorio Nacional de Prestadores de Servicios Turísticos Calificados y el uso de comprobantes electrónicos en todas las transacciones.
Además, Apetur propone que todas las agencias de viajes y empresas de transporte turístico incluyan su número de RUC en sus redes sociales y publicidad digital para garantizar transparencia y trazabilidad.
Finalmente, el gremio hizo un llamado a las autoridades para que tomen en cuenta las propuestas y permitan la aprobación del proyecto, con el objetivo de mejorar la competitividad y formalización del sector turístico peruano.
“El Proyecto de Ley 8637-2024-CR no solo sirve para cumplir el artículo 31 de la Ley General del Turismo, que dispone que todos los turistas, sean nacionales como extranjeros, deben gozar de los mismos derechos como lo es la exoneración del 18% correspondiente al IGV. Sino que también incrementará la base tributaria y recaudación fiscal, pues al lograrse la exoneración del IGV, las agencias de viajes y empresas de transporte turístico tendrán incentivos para emitir boleta de venta por cada paquete turístico vendido para demostrar a los bancos su nivel de ingresos, con lo cual financiarán su crecimiento empresarial. Actualmente, dichas empresas no declaran ingresos generados mensualmente, por lo que no pagan Impuesto a la Renta (IR), ello al no emitir boleta de venta para no incrementar el precio en el 18% de IGV”, añade.
*Para más información, descarga el Proyecto de Ley N° 8637-2024-CR:
PROYECTO DE LEY N° 8637-2024-CR








