Debido al incremento de casos de Covid-19 en el país, el Gobierno decidió ampliar hasta el 30 de setiembre el estado de emergencia nacional y la cuarentena focalizada en cuatro regiones y 46 provincias, entre ellas la ciudad de Trujillo (La Libertad), donde quedarán suspendidos los viajes interprovinciales aéreos y terrestres.
En tanto, Arequipa y Tarapoto (San Martín) fueron retiradas de la lista y se levantarán las restricciones al libre tránsito. Gracias a ello, los vuelos entre Lima y ambos destinos volverán a operar a partir del 2 de setiembre, según anunciaron las principales aerolíneas domésticas como Latam Airlines, Sky Perú, Viva Air y Star Perú.
PROGRAMACIÓN Y TARIFAS
La primera en reanudar servicios a Arequipa y Tarapoto es la aerolínea de bajo costo Viva Air, que confirmó en su página web el reinicio de vuelos desde el 2 de setiembre con 3 vuelos semanales, los días lunes, miércoles y viernes. Durante los primeros 15 días de operaciones, planea transportar más de 1500 pasajeros en cada ruta. Para el caso de Arequipa ofrece tarifas desde US$ 27.99 por tramo y Tarapoto desde US$ 29.99 por tramo.
Por su parte, la low cost Sky Perú anunció el retorno de sus vuelos desde y hacia Tarapoto a partir del 14 de setiembre con tarifas desde US$ 29 por tramo. Star Perú también informó el reinicio de sus operaciones a Tarapoto y Cajamarca el mismo día 14 de setiembre, así como a Huánuco el 21 de setiembre, con precios desde US$ 25 por tramo.
Finalmente, Latam Airlines comunicó la reanudación de sus operaciones en las rutas Lima-Arequipa y Lima-Tarapoto a partir del 3 y 4 de setiembre, respectivamente, con tarifas desde US$ 36 y US$ 39 por tramo para cada caso. La aerolínea también reiniciará vuelos a Jauja desde el 7 de setiembre y suspendió sus servicios a Trujillo durante todo el mes.
CUARENTENA FOCALIZADA
Cabe señalar que el Gobierno dispuso el aislamiento social obligatorio (cuarentena focalizada) en los departamentos de Cusco, Moquegua, Puno y Tacna; así como en las provincias de Bagua, Chachapoyas, Condorcanqui y Utcubamba (Amazonas); y del Santa, Casma, Huaraz y Huarmey (Áncash).
Igualmente, Abancay (Apurímac); Camaná, Islay, Cailloma y Castilla (Arequipa); Huamanga, Huanta, Lucanas y Parinacochas (Ayacucho); Cajamarca y Jaén (Cajamarca); Huancavelica, Angaraes y Tayacaja (Huancavelica); Huánuco, Leoncio Prado, Puerto Inca y Humalíes (Huánuco).
Además, Ica, Pisco, Nasca y Palpa (Ica); Huancayo, Satipo y Chanchamayo (Junín); Trujillo, Pacasmayo, Chepén, Ascope, Sánchez Carrión y Virú (La Libertad); Barranca, Cañete, Huaura y Huaral (Lima); y Tambopata, Pasco y Oxapampa (Pasco).
“En dichas localidades está permitido el desplazamiento de las personas únicamente para la prestación y acceso a servicios y bienes esenciales, así como para la prestación de servicios de las actividades económicas autorizadas a la entrada en vigencia del presente decreto supremo”, indica la norma del Ejecutivo publicada el viernes pasado en el Diario Oficial El Peruano.