El gobierno, a través del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (Mincetur), publicó el Decreto Supremo N° 008-2026-MINCETUR, mediante el cual se aprueba el Reglamento de la Ley N° 31797, Ley de Promoción y Desarrollo del Turismo Comunitario.
La nueva normativa implementa de manera integral la Ley N° 31797, incorporando un marco regulatorio construido a partir de un amplio proceso participativo que incluyó mesas de trabajo, talleres descentralizados y espacios de diálogo con comunidades, entidades públicas, sector privado y otros actores vinculados al Turismo Comunitario.
De esta manera, responde a las necesidades y desafíos que enfrentan las comunidades, fortaleciendo su liderazgo en la gestión turística de sus territorios y consolidando un modelo de desarrollo basado en la sostenibilidad y la competitividad.
Más que reglamentar una actividad, la nueva norma establece un marco integral para comprender el Turismo Comunitario con un enfoque territorial, intercultural y de mercado, donde la conservación del patrimonio cultural y natural, la gobernanza local y la participación activa de las comunidades constituyen los pilares para generar desarrollo sostenible y mejorar la calidad de vida de la población.
El reglamento incorpora la Estrategia Nacional de Turismo Comunitario como el principal instrumento para orientar la planificación, implementación, monitoreo y mejora continua del Turismo Comunitario en el país.
Asimismo, fortalece el Registro Nacional de Organizaciones de Base Comunitaria en Turismo (RNOBC) como instrumento oficial de gestión, de inscripción voluntaria, que promueve la articulación de las organizaciones de base comunitaria con el Estado y facilita su acceso a mecanismos de fortalecimiento, promoción y cooperación.
Del mismo modo, la aprobación del reglamento consolida la articulación del Turismo Comunitario dentro del nuevo marco jurídico del sector turismo. En concordancia con la Nueva Ley General de Turismo, Ley N° 32392, y su reglamento, los servicios de Turismo Comunitario forman parte de los prestadores de servicios turísticos del país, fortaleciendo su reconocimiento e integración dentro del sistema turístico nacional.
Además, la norma incorpora conceptos innovadores que fortalecen el modelo peruano de Turismo Comunitario. Define las actividades y servicios de Turismo Comunitario, el modelo de gestión de base comunitaria, el producto de Turismo Comunitario, las unidades productivas, el emprendedor y el rol del intérprete de Turismo Comunitario, entre otros.
Con la aprobación de este reglamento, el Perú fortalece el marco jurídico del Turismo Comunitario, dotándolo de instrumentos de planificación, gestión y articulación que promoverán su desarrollo sostenible y consolidarán a las comunidades como protagonistas del desarrollo turístico de sus territorios.








