De 16 a 22 aumentó la lista de actividades de turismo de aventura autorizadas por el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (Mincetur), luego de aprobar la inclusión y definición de seis nuevas modalidades de esta práctica en el Reglamento de Seguridad para la Prestación del Servicio Turístico de Aventura.
Mediante Resolución Ministerial N° 106-2021-MINCETUR, publicada el sábado en el Diario Oficial El Peruano, el Mincetur incorporó al marco regulatorio las siguientes actividades: Columpio Extremo, Escalada en Árboles, Puente Tibetano, Stand up Paddle, Vía Ferrata y Zipline Bike.
Estas seis actividades se suman a la lista de modalidades de turismo de aventura aprobada a través de la Resolución Ministerial N° 083-2018-MINCETUR. Estas son: Ala Delta, Barranquismo, Buceo, Cabalgata; Canopy/Zipline, Ciclismo, Esquí, Escalada, Espeleología o Exploración de Cuevas, Kayak, Kite Surf, Parapente, Puentismo, Rapel, Sandboard y Tabla a Vela, detallando sus definiciones.
“Habiéndose identificado y analizado nuevas actividades de turismo de aventura, resulta necesario aprobarlas como modalidades de turismo de aventura, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Seguridad para la Prestación del Servicio Turístico de Aventura”, precisa la norma.
Adicionalmente, se modifica la definición de la modalidad de Turismo de Aventura Ciclismo con la finalidad de alinearla a las disposiciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC), que promueve y regula el uso de bicicleta como medio de transporte sostenible.
*Para más información, descarga la resolución del Mincetur en el siguiente link: