Mayores de 50 años deberán acreditar tercera dosis para viajar desde el 23 de enero

Con el fin de frenar el avance del Covid-19 y su variante ómicron en el país, el gobierno dispuso nuevas restricciones para los usuarios del transporte aéreo doméstico e internacional y del servicio de transporte interprovincial terrestre, vigentes desde hoy lunes 17 de enero de 2022, según lo señala el Decreto Supremo Nº 005-2022-PCM publicado ayer en el Diario Oficial El Peruano.

De acuerdo con la norma, los pasajeros mayores de 12 años en vuelos nacionales solo podrán abordar el avión si presentan su certificado de vacunación completa (dos dosis) emitida en Perú o el extranjero y, a partir del día 23 de enero de 2022, los pasajeros mayores de 50 años deberán acreditar la tercera dosis de refuerzo para poder viajar.

“En caso no hayan completado el esquema de vacunación contra el Covid-19, con dosis completas según su edad, deberán presentar una prueba molecular (PCR) negativa con fecha de resultado no mayor a 48 horas antes de abordar”, precisa el decreto supremo.

En el caso de los pasajeros del servicio de transporte interprovincial terrestre mayores de 18 años, solo podrán abordar el bus si acreditan su dosis completa de vacunación en el Perú y/o en el extranjero y, a partir del 23 de enero, la dosis de refuerzo para los mayores de 50 años. En su defecto, pueden presentar una prueba molecular negativa con fecha de resultado no mayor a 48 horas antes de abordar.

“El servicio de transporte urbano e interprovincial de pasajeros se brinda cumpliendo los lineamientos aprobados por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) para la prevención del Covid-19. Todos los pasajeros del transporte interprovincial y urbano terrestre deben respetar las normas sobre uso de mascarilla, así como los protocolos correspondientes”, indica la norma.



VUELOS INTERNACIONALES

El gobierno también dispuso que los peruanos, extranjeros residentes y extranjeros no residentes de 12 años a más cuyo destino final sea el territorio nacional, en calidad de pasajeros e independientemente del país de procedencia, deben acreditar su esquema de vacunación contra el Covid-19 para ingresar al Perú.

Caso contrario, pueden presentar una prueba molecular negativa con fecha de resultado no mayor a 48 horas antes de abordar el vuelo en su punto de origen. “Los menores de doce años sólo requieren estar asintomáticos para abordar. Aquellas personas que muestren síntomas al arribar a territorio nacional ingresan a aislamiento obligatorio, según regulaciones sobre la materia”, señala el decreto.

De otra parte, los pasajeros peruanos y extranjeros residentes provenientes de Sudáfrica y Botsuana, o que hayan realizado escala en estos lugares, deberán acreditar el haber completado su esquema de vacunación contra el Covid-19 y, además, contar con una prueba molecular negativa con fecha de resultado no mayor a 48 horas antes de abordar el vuelo en su punto de origen.

Adicionalmente, el gobierno suspendió hasta el 30 de enero de 2022 el ingreso al territorio nacional de los extranjeros no residentes procedentes de Sudáfrica y Botsuana, o que hayan realizado escala en estos lugares los últimos 14 días.

“La Autoridad Sanitaria Nacional se encuentra facultada para la toma de pruebas moleculares (PCR) a los pasajeros que arriben al país, estableciendo las medidas sanitarias complementarias para los casos positivos entre los procedentes de países con casos de infección comunitaria por las variantes de preocupación del Covid-19, o que hayan realizado escala en estos lugares”, agrega el documento.

*Para más información accede a la norma del Ejecutivo en el siguiente link:

DECRETO SUPREMO Nº 005-2022-PCM


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