La Sala Especializada en Eliminación de Barreras Burocráticas del Indecopi (SEL), en segunda instancia administrativa, declaró barrera burocrática ilegal la decisión de la Municipalidad de Lima que prohíbe la actividad económica de “playas de estacionamiento” en el Centro Histórico de la capital.
Mediante la Resolución 0605-2021/SEL-INDECOPI, la SEL precisa que la Ordenanza N°2195 sobre Reglamento Único de Administración del Centro Histórico que contiene la citada prohibición es ilegal ya que existe otra norma, aprobada por la propia comuna, donde autoriza dichos negocios.
Cabe precisar que, si bien, la comuna limeña es competente para determinar los usos permitidos en el Centro Histórico de acuerdo con sus atribuciones establecidas en la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972; debe considerar otras normas vigentes aprobadas por ellos mismos de tal manera que no afecte a los agentes económicos.
La SEL argumenta también que resulta discriminatorio, y por lo tanto contraviene lo establecido en la Ley Marco para el crecimiento de la inversión privada, que se prohíba el funcionamiento de las playas de estacionamiento mientras que sí se permite el funcionamiento de los edificios de estacionamiento en el Centro Histórico de Lima, sin que la municipalidad haya presentado un sustento para dicho trato diferenciado.
En estricta aplicación de lo establecido en el numeral 8.1 del artículo 8 del Decreto Legislativo 1256, Ley de Prevención y Eliminación de Barreras Burocráticas, la SEL declaró la inaplicación con efectos generales de la barrera burocrática declarada ilegal en favor de todos los agentes económicos o ciudadanos que se vean afectados por su imposición. Esta se hace efectiva al día siguiente de publicado un extracto de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano.
*Para más información, descarga la resolución de Indecopi en el siguiente link:
RESOLUCIÓN 0605-2021/SEL-INDECOPI