El Pleno del Congreso aprobó ayer con 87 votos a favor, 22 en contra y 9 abstenciones el Proyecto de Ley 4952, que modifica la “Ley marco de licencia de funcionamiento para regular los supuestos de clausura de establecimientos”.
La norma tiene como finalidad establecer el marco jurídico de las disposiciones aplicables al procedimiento para el otorgamiento de la licencia de funcionamiento expedida por los municipios, así como los supuestos de clausura temporal o definitiva de establecimientos.
En tal sentido, establece que la clausura temporal de un establecimiento procede como una medida preventiva cuando se constata la existencia de un peligro inminente para la vida, la salud, la propiedad o la seguridad de las personas que no pueda ser subsanado en el propio acto de inspección.
Además, ocurre en el caso de que el titular no cuente con licencia de funcionamiento o el certificado de inspección técnica en seguridad de edificaciones (ITSE), salvo que la renovación se encuentre en trámite, de conformidad con la normativa correspondiente.
La titular de la Comisión de Constitución y Reglamento, Martha Moyano Delgado, expuso que los micro y pequeños empresarios son el motor de la economía y fuente más cercana de empleo. “Si no damos facilidades a los emprendimientos, quedan en simples palabras”, enfatizó.
El proyecto obtuvo 87 votos favor, 22 votos en contra y 9 abstenciones. Se le exoneró de segunda votación.
Por su parte, el titular de la Comisión de Descentralización, Regionalización, Gobiernos Locales y Modernización de la Gestión del Estado, Alejandro Cavero Alva, precisó que esta propuesta busca regular los supuestos por los cuales las municipalidades pueden disponer la clausura de establecimientos.
“Con ello, se racionaliza la discrecionalidad que hoy tienen los gobiernos locales para imponer clausuras, muchas veces arbitrarias y desproporcionadas, clausuras que afectan a miles de emprendedores, a cientos de miles de emprendedores y pequeños empresarios en todo el país”, expresó.