Desde el 1 de julio de 2026, el Ministerio de Relaciones Exteriores comenzó la expedición del Pasaporte de Emergencia en todas las oficinas consulares del Perú en el exterior, en cumplimiento con la Ley N° 32457.
Este documento, que sustituye al salvoconducto, está diseñado para los connacionales que requieren viajar de manera inmediata y no pueden esperar la emisión de un pasaporte electrónico ordinario, ya sea para continuar su viaje, retornar al Perú o volver a su país de residencia.
Esta iniciativa fue promovida por la Cancillería y respaldada por el Congreso de la República. Representa una mejora significativa para la comunidad peruana en el exterior al facilitar la continuidad del viaje y permitirles el tránsito por un tercer país, antes de su retorno al Perú.
Asimismo, al tratarse de un documento informatizado con estándares internacionales de seguridad y calidad, garantiza su aceptación en un número mayor de países que el anterior salvoconducto. Tiene una vigencia improrrogable de siete meses y un costo de 20 dólares.
Como parte de su implementación, el Ministerio de Relaciones Exteriores habilitó el servicio en los consulados y comunicó oficialmente el inicio de su expedición a las autoridades competentes de otros Estados. Se remitió la información técnica necesaria para facilitar el reconocimiento del nuevo documento de viaje en los controles migratorios internacionales.








