Regulan venta de boletos a Machu Picchu para turistas que ingresan por Camino Inca

El Ministerio de Cultura aprobó una modificación al reglamento de visita turística a la Llaqta o Ciudad Inka de Machu Picchu, incorporando el artículo 15-B para regular específicamente la venta de boletos de ingreso destinados a los visitantes que llegan por la Red de Caminos Inca.

La medida fue oficializada mediante la Resolución Ministerial N° 000306-2025-MC y establece que estos turistas solo podrán acceder al circuito 3-B de la Llaqta, con un número limitado de cupos diarios habilitados exclusivamente para ellos. Los boletos deberán ser reservados y adquiridos con anticipación, a través de agencias de viajes y turismo autorizadas.

La Dirección Desconcentrada de Cultura de Cusco sustentó la propuesta, considerando la necesidad de una gestión coordinada entre los accesos por el Camino Inca y el sistema regular de venta de entradas a Machu Picchu. El objetivo es evitar el desborde de la capacidad de carga y asegurar una administración articulada del flujo de visitantes.

El número de boletos disponibles será determinado por informes técnicos y no afectará la disponibilidad general para el público. La norma recibió opiniones favorables de la Dirección General de Patrimonio Cultural, la Dirección General de Patrimonio Arqueológico Inmueble y del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, en cumplimiento de la Ley N° 32392.

“Los visitantes que procedan de la Red de Caminos Inca y continúen su recorrido hacia la Llaqta de Machu Picchu pueden acceder al circuito de la ruta 3-B, conforme a la capacidad de carga diaria aprobada para la Llaqta. Para dicho fin, en el sistema de emisión de boletos se habilita un número limitado de cupos diarios exclusivamente destinados a visitantes del Camino Inka, los cuales deben ser previamente reservados y pagados a través de las agencias autorizadas”, señala la norma.

“La determinación del número máximo de boletos disponibles bajo este régimen y su distribución en el sistema de venta deben estar sustentadas en el informe técnico emitido por la Dirección Desconcentrada de Cultura del Cusco, garantizando que la medida no afecte la capacidad de carga total establecida mediante resolución vigente y priorizando la preservación y conservación del Patrimonio Cultural de la Nación”, añade.

Esta decisión responde a la necesidad de reforzar la sostenibilidad del sitio arqueológico más emblemático del país, garantizando su conservación y el orden en el ingreso de turistas desde distintas rutas autorizadas.

*Accede a la norma en el siguiente link:

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 000306-2025-MC


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