Ante la cercanía del feriado largo por Semana Santa, la Autoridad Nacional de Protección del Consumidor de Indecopi exhortó a los usuarios a contratar los servicios de empresas turísticas formales para resguardar su seguridad y evitar inconvenientes en sus viajes y excursiones.
Recordó que solo las agencias de viajes autorizadas pueden prestar servicios de turismo y deportes de aventura en nuestro país. “Los proveedores de estos servicios deben contar con personal especializado en la actividad ofrecida (canotaje, trekking, montañismo, etc.)”, señaló Indecopi.
En ese sentido, brindó a la ciudadanía siete recomendaciones que deben tener en cuenta al contratar los servicios de las agencias de viajes y turismo que ofrecen servicios de deportes de aventura:
1- Contrate los servicios de empresas formales. Recuerde que solo las agencias de viaje y turismo autorizadas pueden prestar servicios de turismo de aventura en nuestro país. Verifique que el proveedor esté registrado en el Directorio Nacional de Prestadores de Servicios Turísticos del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (https://bit.ly/3BOtJDx).
2- Los proveedores de estos servicios deben contar con personal especializado en la actividad ofrecida (canotaje, trekking, montañismo, entre otros), y con los equipos idóneos que se requieren para la práctica de dicha actividad, además de contar con un equipo de primeros auxilios.
3- Asegúrese de recibir la orientación mínima indispensable antes de realizar la práctica de la actividad elegida, tales como edad mínima, condición física, medidas de seguridad que deben seguirse, riesgos que implica el desarrollo de la práctica, etc.
4- Tome en cuenta que el personal de instrucción debe tener una experiencia práctica mínima de 3 años en las modalidades de turismo de aventura respectivas, así como contar con conocimientos certificados de primeros auxilios de acuerdo con la modalidad.
5- Las empresas también deben contar con programas, protocolos y registros para la operación, manejo de riesgos y emergencias para el desarrollo de la actividad.
6- Si la empresa le solicita firmar un documento en el que se exonera de responsabilidad antes de brindar el servicio y le pide desistir de su derecho de realizar alguna denuncia o demanda, recuerde que esta acción es nula, ya que no es posible renunciar a los derechos reconocidos por el Código de Protección y Defensa del Consumidor y ante cualquier inconveniente podrá ejercerlos.
7- Exija su comprobante de pago por los servicios contratados, esto le permitirá identificar a la persona o empresa a quien podrá dirigir un reclamo en caso no se encuentre conforme con el servicio prestado.
Finalmente, Indecopi recordó a los usuarios que ante cualquier situación que vulnere sus derechos como consumidores, pueden presentar y/o informar de su reclamo o denuncia a través de los siguientes canales de atención:
- Servicio “Reclama Virtual”: https://enlinea.indecopi.gob.pe/reclamavirtual/
- Líneas telefónicas: 2247777 para Lima, y el 0-800-44040 para regiones.
- Correo electrónico: sacreclamo@indecopi.gob.pe.
- Formulario web “Vigilancia Ciudadana”: https://cutt.ly/jjW4l8m