PromPerú deniega defensa legal a Luis Torres y Marisol Acosta en investigación de Contraloría

La gerencia general de PromPerú declaró improcedentes las solicitudes de defensa y asesoría legal presentadas por su ex presidente ejecutivo, Luis Torres Paz, y la ex directora de Turismo, Marisol Acosta Torrelly, quienes están comprendidos en la investigación que realiza la Contraloría por las presuntas irregularidades cometidas en el pago de US$ 2 millones, por un evento deportivo que nunca se realizó.

Turiweb tuvo acceso a dos resoluciones emitidas por PromPerú a fines de abril, donde se confirma que ambos ex funcionarios han sido requeridos por el Órgano de Control Interno para que aclaren los cuestionamientos al Contrato Nº 03-20-PROMPERÚ-INTER, que aprobó el patrocinio del World Skate Lima Open Street & Park y del Lima Open Skate Marathon 2020, por un monto superior a los US$ 2,5 millones.

El contrato se firmó en febrero del año pasado y un mes después llegó la pandemia del Covid-19 al país, por lo que ambos eventos fueron cancelados, pero no hubo reembolso alguno. Debido a este escándalo, que estalló en febrero de este año, Luis Torres se vio obligado a presentar su renuncia al cargo –tal como lo hizo Marisol Acosta en noviembre de 2020–, a solicitud de la ministra de Comercio Exterior y Turismo, Claudia Cornejo.

En su momento, tanto Torres como Acosta justificaron el apoyo a dichos torneos de skate, alegando que serían un impulso para el turismo deportivo en Lima, con miras a aprovechar y poner en exhibición la infraestructura de los Juegos Panamericanos de Lima2019.

PROMPERÚ RECHAZA DEFENSA

Tras su inclusión en las investigaciones por este caso, Luis Torres y Marisol Acosta presentaron sus solicitudes de defensa y asesoría legal con cargo a los recursos de PromPerú, en el marco de la Ley del Servicio Civil. Ambos señalaron que la Comisión de Control constituida para tal fin, les cursó el pliego de hechos para la formulación de sus comentarios pertinentes.

Al respecto, la Oficina de Asesoría Jurídica de PromPerú señaló que la defensa legal para los servidores públicos aplica solo a aquellos que están formalmente denunciados y procesados a nivel judicial, administrativo y constitucional.

Sostuvo que los solicitantes no ostentan la calidad de denunciados, investigados, procesados, imputados, demandados, testigos, terceros civilmente responsable en un proceso o procedimiento, pues solo has sido requeridos para brindar sus comentarios o aclaraciones respecto al pliego de hechos.

“No encontrándose inmersos en procedimientos disciplinario, sino en una evaluación que viene efectuando el órgano de control, luego del cual se emitirá el informe pertinente pronunciándose sobre la concurrencia o no de presuntas responsabilidades. En el presente caso, no existen fundados elementos que permitan inferir el inminente inicio de un proceso, habida cuenta que el control gubernamental que viene ejecutando la Comisión de Control se encuentra en proceso, siendo incierto los resultados del mismo”, argumentó.

Finalmente, precisó que la acción de control dentro del cual se ha solicitado los comentarios y aclaraciones a las ex funcionarios, “constituye un acto de administración en virtud de lo dispuesto por el artículo 24 de la Ley N° 27785, por lo que resultan improcedentes ambas solicitudes por no contar con calidad de denunciados, investigados, procesados, imputados, demandados, testigos, terceros civilmente responsable o la necesidad de actuación de alguna prueba, en proceso judicial, administrativo, constitucional, arbitral, investigación congresal y policial”.

*Para más información, descarga las resoluciones de PromPerú en el siguiente link:

RESOLUCIÓN DE GERENCIA GENERAL Nº 083-2021-PROMPERÚ/GG

RESOLUCIÓN DE GERENCIA GENERAL Nº 084-2021-PROMPERÚ/GG


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