Minsa aclara que carné de vacunación no es “requisito obligatorio” para ingresar al Perú

En un comunicado, precisó que la prueba molecular es el único requisito obligatorio que deben presentar los viajeros.


En respuesta a las consultas formuladas por diversos gremios del sector turismo, sobre la aplicación del numeral 8.7 del Decreto Supremo Nº 152-2021-PCM, el Ministerio de Salud (Minsa) emitió ayer un comunicado donde aclara que la presentación del carné de vacunación contra el Covid-19 “no es requisito obligatorio” para ingresar al Perú.

Por tanto, los viajeros que arriben al país solo deberán presentar una prueba PCR con resultado negativo de Covid-19, tomada hasta tres días antes de abordar su vuelo. Este requisito sí será obligatorio para los pasajeros desde hoy lunes 20 de setiembre, precisó el Minsa ante la preocupación y los reclamos del sector respecto a la medida anunciada el viernes pasado.

“Los peruanos, extranjeros residentes y extranjeros no residentes cuyo destino final sea el territorio nacional, en calidad de pasajeros e independientemente del país de procedencia, deben contar con una prueba molecular negativa con fecha de resultado no mayor a 72 horas antes de abordar en su punto de origen y ‘sin carácter obligatorio’ la presentación del carné de vacunación del país donde se vacunó”, señala el comunicado del Minsa.

Sin embargo, especialistas del sector manifestaron a Turiweb que la aclaración por parte del Minsa es importante y oportuna, pero igual es necesario que se corrija la norma mediante un texto sustitutorio del artículo 8.7 con los cambios respectivos.



RECLAMOS Y ACLARACIONES

Como se recuerda, el Ejecutivo aprobó el viernes pasado el D.S. Nº 152-2021-PCM que dispone una serie de medidas para evitar la propagación de la pandemia en el país, entre ellas el nuevo requisito de prueba molecular negativa para Covid-19, en vez de la prueba de antígeno que se venía exigiendo a los pasajeros. Además, la norma señala textualmente que los viajeros procedentes del exterior deben haber “completado las respectivas dosis de vacunas según las exigencias del país donde se vacunó”.

Ambas disposiciones, principalmente la segunda, desataron una ola de críticas y reclamos por parte de las principales asociaciones, gremios y empresas integrantes de la cadena de turismo y comercio exterior, quienes a través de un comunicado hicieron un llamado “urgente” a las autoridades peruanas para una “inmediata reconsideración” de la norma.

Advirtieron que dicha medida “puede resultar discriminatoria y constituye un inmenso retroceso respecto a poder combatir la crisis que enfrenta el país”. “Este doble requisito impactará directa y negativamente en la necesaria reactivación de la economía y la generación de empleo que el Gobierno ha tratado de impulsar en los últimos meses”, señalaron los empresarios.

Además, dijeron que tal disposición representará “un golpe más duro aún para las personas y las micro, pequeñas, medianas y grandes empresas que dependen del turismo y comercio exterior, las cuales ya han perdido más de 60,000 millones de soles desde el inicio de la pandemia”.

Entre los gremios que se pronunciaron en contra de la aparente exigencia de vacunación completa a los pasajeros destacan: la Asociación Peruana de Agencias de Viajes y Turismo (Apavit), la Asociación Peruana de Operadores de Turismo Receptivo e Interno (Apotur), la Asociación de Empresas de Transporte Aéreo Internacional (Aetai), la Asociación Peruana de Empresas Aéreas (Apea), la Asociación de Hoteles y Restaurantes (Ahora Perú), la Sociedad Hoteles del Perú (SHP), entre otros.

Al respecto, el ministro de Salud, Hernando Cevallos, explicó que la medida impulsada desde su sector busca fomentar el proceso de vacunación. “En el caso de la vacunación se aplica para los países que tienen más de un 70% de la población vacunada”, declaró el ministro a RPP.

“En los países donde no se ha dispuesto la vacunación para menores de 12 años, por supuesto no es una restricción para nuestro país; en realidad, es una indicación para alentar la vacunación en los países que tienen una alta cantidad de población vacunada, pero los que no tienen obviamente no puede haber una restricción, solo la prueba molecular”, agregó el titular del Minsa.

*Para más información, descarga la norma publicada el viernes 17 de setiembre en el siguiente link:

DECRETO SUPREMO Nº 152-2021-PCM



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