El Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi) se ha propuesto regular los contenidos de carácter publicitario difundidos por aquellas personas conocidas como Influencers, quienes suelen recomendar artículos de diversas marcas a sus miles de seguidores en Facebook, Instagram o Youtube.
Según informó la entidad estatal, a partir de este año sugerirá “prácticas de transparencia para contenidos auspiciados en redes sociales”.
El objetivo de esta nueva medida es constituir un marco legal entorno al oficio que desarrollan los influenciadores (influencers), explicó Abelardo Aramayo, secretario técnico de la Comisión de Fiscalización de la Competencia Desleal de Indecopi.
La norma aplicable a aquellos que usan su fama en redes sociales para promocionar objetos o servicios, entre ellos viajes y destinos, corresponde a la Ley de Represión de la Competencia Desleal. Esta prohíbe actos publicitarios no reconocibles por el consumidor.
En Instagram, Facebook y otras redes sociales, es posible colocar una advertencia cuando se trata de contenido patrocinado. “Las plataformas ofrecen herramientas para que puedan informar qué es publicidad”, señaló Óscar Montezuma, socio fundador de Niubox Legal Digital, en declaraciones al diario Gestión.
Las multas para quienes infrinjan estas normas están dentro de las 50 UIT y las 700 UIT. Se toma en cuenta que no supere el 10% de los ingresos brutos de la persona sancionada.
La entidad reguladora será la encargada de supervisar este nuevo proceso. Indecopi revisará el contenido que los influencers comparten en sus redes sociales y analizarán en qué casos aplican a esta medida.
Si la persona en cuestión “opina sobre cualquier tema, incluido un producto o servicio de forma espontánea, no le aplica ninguna regulación publicitaria”, señaló el socio de Estudio Muñiz, Pierino Stucchi. Sin embargo, la personalidad de redes sociales puede convertirse en un canal de comunicación de una marca y es entonces cuando se aplican las sanciones.