Gremios de Cusco piden que se declare en emergencia la actividad turística

Los principales gremios turísticos de Cusco enviaron un oficio al presidente de la República, Martín Vizcarra, mediante el cual le solicitaron que se declare en “emergencia nacional” a la actividad turística, otorgando subsidios y beneficios tributarios para las empresas del sector, estableciendo un Fondo Especial para su reactivación y un Fondo de Préstamos Extraordinarios, sin intereses, para los guías de turismo con actividad independiente.

El documento es firmado por los directivos del Colegio de Licenciados en Turismo (Colitur Cusco); de la Asociación de Guías Oficiales de Turismo (Agotur Cusco); de Profesionales Guías Asociados de Turismo (Progatur Cusco); y de Guías Asociados Pool Cusco (Guiap Cusco) que agrupan a los guías de turismo de la región imperial.


*A continuación reproducimos los fundamentos expuestos por los gremios del Cusco en su Oficio Nº 002-2020-COLITUR-AGOTUR-PROGATUR-GUIAP, con fecha 31 de marzo de 2020:

1- Acciones del Gobierno a consecuencia del brote del COVID-19:

a) Su Gobierno, señor Presidente, en estas dos semanas de vigencia del Estado de Emergencia Nacional por el plazo de 15 días calendario que hoy culmina y ampliado hasta el 12 de abril del 2020, ha adoptado acciones preventivas disponiendo el aislamiento social obligatorio (cuarentena), por las graves circunstancias que afectan la vida de la Nación, a consecuencia del brote del COVID-19, habiendo dictado medidas en materia económica, a través de decretos de urgencia, decretos supremos y resoluciones sectoriales, como respuesta a esta pandemia, con la finalidad de reforzar los sistemas de prevención, control, vigilancia y respuesta sanitaria, sobre todo para preservar la salud y el empleo de los trabajadores, entre los que nos encontramos los guías de turismo, para coadyuvar a disminuir la afectación de la economía peruana y con fuerza la seria afectación a la actividad turística y no poner en grave peligro la salud de la población.

b) Mediante Decreto de Urgencia Nº 033-2020, de fecha 27 de marzo de 2020, se establecen medidas extraordinarias, en materia económica y financiera, para minimizar los efectos de las disposiciones de prevención dispuestas en la declaratoria de Estado de Emergencia Nacional, para personas naturales y jurídicas (empresas) cuyas actividades cotidianas han tenido que suspenderse en el marco de esta situación de emergencia nacional para establecer medidas sobre financiamiento y otras disposiciones para dar respuesta frente a los efectos del COVID-19.

c) Mediante Resolución de Superintendencia Nº 064-2020/SUNAT, de fecha 29 de marzo del 2020 se dictan incentivos tributarios para la empresas, disponiendo el plazo y el modo en que los empleadores del sector privado deben comunicar a la SUNAT el Código de Cuenta Interbancaria (CCI) para efectos del abono en CUENTA DEL SUBSIDIO a que se refiere el Decreto de Urgencia Nº 033-2020.

2- La importancia de la industria turística en el Perú:

a) La importancia de la industria turística en nuestro país se debe, en gran medida, al crecimiento progresivo y constante que ha disfrutado el sector, existiendo localidades como la de Machupicchu, que viven del turismo, así como las localidades ubicadas en el Valle Sagrado de Los Incas y parte de la ciudad del Cusco, que con esta pandemia se han visto seriamente afectadas.

b) Los efectos negativos en el sector turístico en ese periodo de cuarentena, son la reducción total del número de turistas al Cusco y otras ciudades del país, la reducción de los ingresos por actividades turísticas, el desempleo y precariedad laboral de los guías oficiales de turismo en el sector y reducción de personal y servicios incluidos, nula recaudación fiscal, menor rentabilidad de la actividad empresarial y de las inversiones públicas y privadas, paralización de las inversiones para el mantenimiento o mejora de las instalaciones, cierre de empresas, decaimiento de la sostenibilidad de la actividad turística y la paralización del desarrollo turístico.

3- Cómo está afectando al Cusco el brote del COVID-19:

a) El Comunicado N° 18 de la Dirección Regional de Salud del Cusco, difundido ayer, confirma que en el Cusco se han detectado, en forma alarmante, 28 casos confirmados por COVID-19. De este total, 13 casos son importados y 15 son casos secundarios de casos previamente confirmados. Un turista mexicano y otro natural Hong Kong han muerto y en delicado estado de salud se encuentra una turista irlandesa. 27 de los casos confirmados están en la ciudad del Cusco y 01 caso corresponde a la ciudad de Quillabamba, capital de la provincia de La Convención. Preocupa a la población cusqueña el aumento en más del 40% del número de casos confirmados de un día para otro y ello es producto de la presencia de turistas extranjeros que llegaron al país ya con el COVID-19.

b) Según la Dirección Regional de Salud del Cusco, la investigación epidemiológica ha permitido identificar a alguno de los posibles “contactos” cercanos los dos turistas extranjeros muertos por este mal, los que han sido puestos en cuarentena, en tanto se tenga los resultados de laboratorio, los que serían más de 40 turistas extranjeros, y 38 trabajadores de los hoteles, varios guías de turismo y choferes de transportes turísticos. Fala identificarlos y un censo por parte del DIRCETUR CUSCO.

c) Al domingo 15 de marzo del 2020, fecha en que el Gobierno declara el Estado de Emergencia Nacional y dispone el aislamiento social obligatorio (cuarentena), se encontraban en Machupicchu pueblo cerca de 2800 turistas (que fueron trasladados a la ciudad del Cusco), otro tanto en el Valle Sagrado de los Inkas y similar cantidad en la ciudad del Cusco, no teniéndose hasta la fecha una cifra exacta de turistas varados en el departamento del Cusco. Dichos turistas, poco a poco están siendo repatriados desde el aeropuerto Velasco Ateste a sus países de origen, en vuelos de Estado proporcionados por sus respectivos gobiernos. Estos vuelos continuarán hasta la repatriación del total de turistas varados, que en centenares aún quedan en esta ciudad deambulando por el centro histórico, barrio de San Blas y grupos arqueológicos cercanos como Saqsaywaman.

d) La llegada del coronavirus al país empezó a afectar con fuerza el flujo de turismo al Cusco. Desde el día que se confirmó el denominado “paciente cero”, empezó la suspensión y cancelación de paquetes turísticos que tenían como destino la ciudad imperial y Machupicchu. Los extranjeros iban a visitar Machupicchu y una decena de sitios arqueológicos que administra el Comité de Servicios Integrados Turístico Culturales del Cusco (Cosituc). La cancelación de los paquetes turísticos continúa y se está cancelando hasta los meses de julio y agosto próximos, lo que afecta seriamente a los guías oficiales de turismo, que por estos meses se quedarían sin fuente de trabajo.

e) Señor Presidente de la República, todos estos datos demuestran el manejo no adecuado del brote del COVID-19 en el departamento del Cusco, especialmente en nuestra ciudad, poniendo en grave peligro la vida de muchos guías oficiales de turismo y de sus familiares, así como de choferes de buses de servicio turístico, trabajadores de centros de hospedaje y restaurantes.

4- Seria afectación al servicio de guiado:

El servicio de guiado en el Cusco ha sido seriamente. En efecto:

a) Los principales circuitos turísticos en el Cusco donde trabajan los licenciados y guías oficiales de turismo son:

  • City tour y Circuito religioso (tour por la ciudad del Cusco).
  • Ciudad Sagrada Inka de Machupicchu. Camino Inka.
  • Saqsaywaman, Q’enqo, Puka-Pukara, Tambomach’ay.
  • Valle Sagrado de los InKas (Písaq pueblo y grupo arqueologico, Calca, Yucay, Urubamba, Ollantaytambo).
  • Chinchero, Tiobamba, Maras, Moray, Laguna de Huaypo.
  • San Sebastián, San Jerónimo, Oropesa, Tipón, Laguna de Lucre, Rumiqolqa, Pikillaqta, Andahuaylillas, Waro, Urcos, Templo de Viraqocha.
  • Ausangate, Wininkunka (montaña de colores),
  • Laguna Humantay, Trek Salkantay, Trek Choquequirao, Trek Choquequirao-Machupicchu, Vilcabamba, Lares, Palqoyo.
  • Walking Tour.

b) Número de guías de turismo en el Cusco.- A nivel del departamento del Cusco, somos 6008 guías oficiales de turismo debidamente inscritos en el Registro de Prestadores de Servicios de Turismo del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo – MINCETUR, de los cuales 2000 somos licenciados en turismo y 4008 guías oficiales y todos hemos quedado desempleados por esta pandemia y seriamente afectados laboral y económicamente, sin contar la mayoría con seguridad social ni compensación por tiempo de servicios, porque no estamos comprendidos en planillas laborales, por trabajar en forma independiente, emitiendo solamente nuestros Recibos por Honorarios, aportando al fisco el 8% por Impuesto a la Renta.

c) El brote del COVID-19, que afecta el territorio nacional y particularmente la ciudad del Cusco, también nos afecta a los licenciados y guías oficiales de turismo, ya que nos hemos visto privados, de un momento a otro, sin nuestra fuente de trabajo independiente, siendo seriamente afectados por la recesión de la actividad turística en esa ciudad y en varias localidades de nuestro departamento, mientas dure la cuarentena.

5- Cómo afrontar la difícil situación en que se encuentra la actividad turística:

a) En esta difícil situación por la que atravesamos todos los peruanos y en particular los licenciados y guías oficiales de turismo, tenemos y debemos buscar el sustento a nuestras necesidades básicas durante esta cuarentena y luego encarar sus funestas consecuencias de carácter económico y social.

b) Debemos afrontar la difícil situación en que se encuentra la actividad turística en el departamento del Cusco y a nivel nacional, a consecuencia del brote del COVID-19, con acciones que provengan desde el Gobierno Nacional.

6- Se declare en Emergencia nacional a la Actividad Turística:

a) Entre otros, el marco legal para la declaratoria en Emergencia nacional a la Actividad Turística, con subsidios y beneficios tributarios para las empresas del Sector, estableciendo un Fondo Especial para su reactivación, es:

  • El Decreto Supremo Nº 044-2020-PCM, de fecha 15 de marzo del 2020, que declara Estado de Emergencia Nacional por las graves circunstancias que afectan la vida de la Nación a consecuencia del brote del COVID-19.
  • La Ley Nº 31011, Ley que delega en el Poder Ejecutivo la facultad de legislar en diversas materias para la atención de la emergencia sanitaria producida por el COVID-19.
  • El Decreto de Urgencia Nº 033-2020, de fecha 27 de marzo de 2020, que establece medidas extraordinarias, en materia económica y financiera, para minimizar los efectos de las disposiciones de prevención dispuestas en la declaratoria de Estado de Emergencia Nacional, para personas naturales y jurídicas (empresas) cuyas actividades cotidianas han tenido que suspenderse en el marco de esta situación de emergencia nacional para establecer medidas sobre financiamiento y otras disposiciones para dar respuesta frente a los efectos del COVID-19.
  • La Resolución de Superintendencia Nº 064-2020/SUNAT, de fecha 30 de marzo del 2020, que establece incentivos tributarios para las empresas, disponiendo el plazo y el modo en que los empleadores del sector privado deben comunicar a la SUNAT el Código de Cuenta Interbancaria (CCI) para efectos del abono en cuenta del subsidio a que se refiere el Decreto de Urgencia Nº 033-2020.

b) Solicitamos se declare en Emergencia nacional a la Actividad Turística, otorgándole subsidios y beneficios tributarios para la reactivación económica de las empresas el Sector, de conformidad con el numeral 1) del Artículo 2. de la Ley Nº 31011, Ley que delega en el Poder Ejecutivo la facultad de legislar en diversas materias para la atención de la emergencia sanitaria producida por el COVID-19, en materia de política fiscal y tributaria.

c) Los subsidios y beneficios tributarios para la reactivación económica de las empresas el Sector, debe involucra a las agencias de viajes y turismo, hoteles, artesanos, porteadores, transporte turístico, restaurantes, turismo rural comunitario, guías de turistas, gobiernos locales con vocación turística cuenten o no con Planes de Desarrollo Turístico Local y otras actividades turísticas.

d) El Ministerio de Comercio Exterior y Turismo debe elaborar y aprobar el Plan de Reactivación Económica del Sector Turismo.
En el Plan de Reactivación Económica del Sector Turismo debe establecerse que la SUNAT deje en suspenso todas las obligaciones contables y/o tributarías de las empresas ligadas al turismo y que el Ministerio de Economía y Finanzas haga gestiones para que los bancos y entidades financieras amplíen o generen periodos de gracias en las cuotas pendientes de las obligaciones económicas de las empresas turísticas.

e) También debe establecerse un Fondo Especial para la reactivación de la Actividad Turística
Solicitamos que el Poder Ejecutivo, con las facultades legislativas otorgadas por la Ley Nº 31011, establezca un Fondo Especial para la reactivación económica de la Actividad Turística, contribuyendo a la reactivación económica nacional.

7- Se destine un Fondo de Préstamos Extraordinarios, sin intereses, para los guías de turismo con actividad independiente:

De conformidad con el numeral 5) del Artículo 2. de la Ley Nº 31011, Ley que delega en el Poder Ejecutivo la facultad de legislar en diversas materias para la atención de la emergencia sanitaria producida por el COVID-19, en materia de trabajo y promoción del empleo se destine un Fondo de Préstamos Extraordinarios, sin intereses, para los guías de turismo con actividad independiente y con seis meses de gracia.

Estos préstamos permitirán para que los licenciados en turismo y guías oficiales dedicados a la actividad de guiado puedan cumplir con sus obligaciones económicas básicas de alimentación, vivienda, vestimenta, gastos escolares y otros de urgente necesidad, para enfrentar esta pandemia.

8- Se cuente con la opinión técnica del MINCETUR:

El Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (Mincetur) debe emitir el correspondiente Informe Técnico, por el cual dé su opinión favorable para la declaratoria en Emergencia nacional a la Actividad Turística, con subsidios y beneficios tributarios para las empresas del Sector, estableciendo un Fondo Especial para su reactivación y un Fondo de Préstamos Extraordinarios, sin intereses, para los guías de turismo con actividad independiente.

En la elaboración del Informe técnico del Mincetur, se cuente con la opinión del Gobierno Regional del Cusco, y, de ser posible, con la opinión de los gremios empresariales ligados al turismo que agrupen a las agencias de viajes y turismo, hoteles, artesanos, porteadores, transporte turístico, restaurantes, turismo rural comunitario, guías de turistas, colegios profesionales y gobiernos locales ligados a la activad turística, como el Consejo Regional de Decanos de los Colegios Profesionales del Cusco – CONREDE CUSCO, el Consejo Regional Cusco del Colegio de Licenciados en Turismo – COLITUR CUSCO, las asociaciones que agrupan a los Guías Oficiales de Turismo del Cusco (AGOTUR CUSCO, PROGATUR CUSCO y GUIAP CUSCO), la Federación Nacional de Guías de Turismo del Perú – FENAGUITURP y la Cámara Nacional de Turismo del Perú – CANATUR, entre otros.


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