Gobierno modifica reglamentos operativos de Reactiva Perú y PAE-Mype

El Gobierno publicó hoy en el Diario Oficial El Peruano dos normas que modifican los reglamentos operativos de los programas “Reactiva Perú” y “Programa de Apoyo Empresarial a las Micro y Pequeñas Empresas (PAE-Mype)”, con la finalidad de impulsar la reactivación de las actividades económicas, en el marco de la emergencia sanitaria decretada por la pandemia del Covid-19.

Mediante Resolución Ministerial Nº 139-2021-EF/15, el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) oficializa las medidas extraordinarias dispuestas en el Decreto de Urgencia N° 039-2021 a efectos de permitir la reprogramación de los créditos garantizados con el programa “Reactiva Perú” a empresas de mayor tamaño y cuya relevancia se aprecia en términos de niveles de empleo formal y ventas.

La norma del MEF establece que podrán acceder o acogerse a la reprogramación de los créditos de Reactiva Perú, las empresas beneficiarias de mayor tamaño que cuenten con una garantía vigente y que sean presentadas por las ESF.

“Para el caso de préstamos de entre S/ 5,000,001 (cinco millones y un y 00/100 soles) hasta S/ 10,000,000 (diez millones y 00/100 soles) en total, en el marco de Reactiva Perú, se debe demostrar una caída en el nivel de ventas mayor o igual al 20% en el cuarto trimestre del año 2020, con relación a similar periodo del año anterior”, detalla.

“Para los créditos reprogramados por las ESF, en el marco del Decreto De Urgencia, el plazo no puede exceder los 60 meses, que incluye el nuevo periodo de gracia adicional de hasta 12 meses, periodo en el cual se pagan intereses, considerando la tasa de interés del crédito reprogramado. Culminado el nuevo periodo de gracia adicional de los créditos reprogramados, éstos se pagan en cuotas mensuales iguales”, agrega.

Respecto al PAE-Mype, la Resolución Ministerial Nº 140-2021-EF/15 del MEF modifica el Anexo 1 del reglamento operativo de dicho de apoyo empresarial con el propósito de coadyuvar con el eslabonamiento en las cadenas productivas en favor de las mypes, a través de la ampliación de actividades económicas del sector manufactura vinculadas a la fabricación de productos textiles y prendas de vestir, productos de cuero y calzado, e impresión y reproducción de grabaciones.

Cabe recordar que en la lista de actividades económicas que pueden acceder al PAE-Mype figuran también las agencias de viajes y turismo, operadores turísticos, servicios de reservas, alojamientos, servicios de alimentos y bebidas, transporte terrestre, entre otras.

*Para más información accede a ambas normas del MEF en el siguiente link:

RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 139-2021-EF/15

RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 140-2021-EF/15


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