Tras anunciar el retorno de la inmovilización social obligatoria los días domingo, debido al repunte de los contagios del nuevo coronavirus en el país, el Gobierno precisó que la medida excluye a diversas actividades esenciales y comerciales, entre ellas el servicio de delivery de restaurantes que estará permitido durante la cuarentena dominical.
Así lo señala el Decreto Supremo N° 139-2020-PCM, publicado ayer en la edición extraordinaria del Diario Oficial El Peruano, que dispone lo siguiente: “Durante la inmovilización social obligatoria, se exceptúa el personal estrictamente necesario que participa en la prestación de los servicios de abastecimiento de alimentos, salud, medicinas, servicios financieros, servicio de restaurante para entrega a domicilio (delivery)”.
También se exceptúa al personal necesario para la continuidad de los servicios de agua, saneamiento, energía eléctrica, gas, combustibles, telecomunicaciones y actividades conexas, limpieza y recojo de residuos sólidos, servicios funerarios, transporte de carga y mercancías y actividades conexas.
Asimismo, para las actividades relacionadas con la reanudación de actividades económicas, transporte de caudales, esto último según lo estipulado por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC). “Durante la inmovilización social obligatoria se permite que las farmacias, droguerías y boticas puedan brindar atención de acuerdo a la norma de la materia”, precisa la norma.
La inmovilización social de los domingos es para todos los ciudadanos a nivel nacional, durante todo el día hasta las 4:00 horas del día siguiente, subraya el decreto supremo firmado por el presidente de la República, Martín Vizcarra, y sus ministros.
REUNIONES FAMILIARES
Tal como anunció ayer el presidente Martín Vizcarra, la norma oficializa también la prohibición de las reuniones familiares y el ingreso a cuarentena focalizada en el íntegro de cinco departamentos del país: Arequipa, Ica, Huánuco, Junín y San Martín, así como en 34 provincias debido a un repunte en el nivel de contagios del nuevo coronavirus.
“La tendencia a la baja comenzó a subir (de los contagios) y eso se debe a que hemos debilitado nuestras acciones para evitar el contagio y debemos reforzar. Tenemos que frenar los contagios y eso lo debemos hacer entre todos, autoridades, empresarios y, principalmente, todos los peruanos”, expresó el Jefe de Estado.
Los departamentos incorporados son: Arequipa, Ica, Huánuco, Junín y San Martín. Así como las siguientes 34 provincias: en Madre de Dios, las provincias de Tambopata e Iberia; en Pasco, Pasco; en Ayacucho, Huamanga y Huanta; en Áncash, del Santa, Casma y Huaraz.
En Moquegua, Mariscal Nieto e Ilo; en Tacna, Tacna; en Cusco, Cusco y La Convención; en Puno, Puno y San Román.
En Cajamarca, Cajamarca, Jaén y San Ignacio; en Amazonas, Bagua, Condorcanqui y Utcubamba; en Apurímac, Abancay y Andahuaylas; en Lima provincias, Barranca, Huaura, Cañete y Huaral.
En La Libertad están las provincias de Virú, Pacasmayo, Chepén y Ascope, y en Huancavelica, las provincias de Huancavelica, Angaraes y Tayacaja.
*Accede a la norma completa en el siguiente link:
DECRETO SUPREMO N° 139-2020-PCM