El Gobierno argentino oficializó hoy el ingreso de turistas provenientes solo de países limítrofes, según la Decisión Administrativa 1949/2020 publicada en el boletín oficial de normas legales.
En el documento se detalla que la Dirección Nacional, previa comunicación a los ministerios de Salud, de Transporte, de Seguridad y a la Administración Nacional de Aviación Civil, “determinará y habilitará los pasos internacionales de ingreso al territorio nacional que resulten más convenientes al efecto y establecerá los países cuyos nacionales y residentes queden autorizados para ingresar al territorio nacional”.
Siguiendo esa línea, subraya que todos aquellos que deseen entrar a Argentina deberán completar una declaración jurada electrónica elaborada por la Dirección Nacional de Migraciones.
Las autoridades afirman que el documento funcionará “como requisito de ingreso y egreso al Territorio Nacional” y “permitirá agilizar el procedimiento del movimiento migratorio así como también aligerar el tratamiento de la información otorgada a las autoridades sanitarias, a los efectos del cuidado de la población en su totalidad”.
A través de ese documento las personas deberán dar cuenta de “su estado actual de salud, información que luego es remitida a las autoridades sanitarias con competencia epidemiológica, nacionales, provinciales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires”.
Por otra parte, la publicación hace hincapié en que uno de los objetivos de la resolución es “mejorar y avanzar en la coordinación de las acciones necesarias para posibilitar la circulación por los corredores seguros aéreos, fluviales, marítimos y terrestres que reúnan las mejores condiciones sanitarias y de seguridad, en el marco de la pandemia del Covid-19, prestando especial atención a las personas pertenecientes a grupos en riesgo, conforme lo define la autoridad sanitaria”.
Otra de las medidas que tendrán que llevar a cabo aquellos que ingresen al país será una cuarentena de 14 días. No obstante, en el texto se aclara que “estableciendo las excepciones a la realización de los 14 días de aislamiento social, preventivo y obligatorio exigido para quienes ingresen del exterior al territorio nacional, requiriendo además un certificado médico que deberán adjuntar a la citada declaración jurada de la Dirección Nacional de Migraciones”.
Por último, la disposición precisa que habrá actividades que quienes lleguen a Argentina no podrán realizar, entre ellas el turismo y el uso del transporte de pasajeros internacional aunque indica que la Jefatura de Gabinete de Ministros contará con la facultad para establecer las excepciones correspondientes.
Para concluir, asegura que la medida apunta a “el sostenimiento y reactivación productiva de la actividad turística nacional”.
(Fuente: El Intransigente)